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APDAYC pretende cobrar por tener televisor prendido en salón de belleza

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Una indignada empresaria tacneña denunció esta mañana a través de RADIO UNO que personal de la Asociación Peruana de Autores y Compositores acudieron a su establecimiento para exigirle el pago correspondiente por tener prendido su televisor en un local y ?beneficiarse? con la emisión de música de autores peruanos.

Empresaria atiende en salón de belleza y aseguró que el suyo no sería el único caso

Indignada y molesta. Así se mostró esta mañana Angélica Condori, quien tiene a su cargo un establecimiento de belleza y recibió la extraña visita de personal de la Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC), quienes en forma prepotente, le habrían exigido el pago de los derechos de tener su televisor prendido en el establecimiento que regenta.

Según sostuvo la empresaria, desde que aperturó su local D’ Capelli Salón, nunca había tenido este tipo de problemas por tener su único televisor encendido, y mucho menos –dijo- emite musicales de discos que hicieran presumir que comercializa con música de artistas peruanos, sin embargo estos trabajadores le dijeron que debía acercarse a las oficinas a cancelar su deuda.

“Esto es raro y ridículo. ¿Cómo voy a pagar por tener mi tele prendida cuando ni siquiera emito musicales? Su argumento es que en las pausa hay música y tengo que pagar por ver esos cortes. Esto es absurdo. Yo no voy a pagar porque en Indecopi me dijeron que no corresponde”, indicó Angelica Condori.

Por su parte, ADPAYC en un comunicado a nuestra emisora, puso en conocimiento que existe legislación referente al cobro por emisión de música, “por cualquier medio o procedimiento, con letra total o sin ella, total o parcial, pagado o gratuito, en estaciones de radio  y televisión, teatros, auditorios cerrados, al aire libre, cines, hoteles, salas de baile, bares, fiesta en clubes sociales o deportivos, establecimientos bancarios o de comercio, mercados y centros de trabajo, en todo lugar que no sea ámbito doméstico”, dice el documento.

En esta disposición legislativa, el APDAYC se ampara para asegurar que el cobro exigido a la empresaria sí está de acuerdo a la ley y asegura que cualquier otro establecimiento comercial deberá hacer un pago mensual por reproducción de música.