Mediante disposición complementaria transitoria publicada hoy en el diario «El Peruano» se dispone la utilización de un medio mecanizado o computarizado, para consignar el distrito y provincia en los comprobantes impresos con anterioridad o que se tengan en stock.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) emitió la resolución Nro. 245-2013 en la que brinda facilidades a los contribuyentes para subsanar aquellos comprobantes de pago que no tuvieran los datos completos de la dirección del emisor, de acuerdo a lo indicado por el Tribunal Fiscal.
El TF establece que los comprobantes de pago, facturas, boletas de venta, liquidaciones de compra y tickets deben cumplir con todos los requisitos que exige el Reglamento de Comprobantes de Pago, entre ellos, la dirección completa del establecimiento en el cual se emiten, incluyendo también el distrito y la provincia.
En este sentido, la norma emitida por la SUNAT autoriza el uso de un medio alternativo que permita cumplir con dicha disposición. Esta decisión facilitará que las empresas o personas naturales que aun tengan talonarios impresos puedan continuar utilizándolos.
Sin embargo, los nuevos comprobantes a imprimirse deberán contar con toda la información establecida en el reglamento correspondiente.
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