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JNE se pronuncia sobre pedido de suspensión contra regidores de cono sur

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El ciudadano Victor Ticona Amones planteo el pedido, pero fue desestimado por el pleno del consejo, recurriendo en segunda instancia al JNE.

(Foto: Radio Uno)

El Jurado Nacional de Elecciones – JNE se pronunció sobre pedido de suspensión de los regidores del distrito Gregorio Albarracín. Declaro NULO el Acuerdo de Concejo Nº 061-2016, del 1 de julio de 2016, que desestimó la solicitud de suspensión presentado por Víctor Ticona Amones contra William Velásquez Chipana, Florentina Andrea Catacora Mamani, Rusia Edith Aguilar Chura, Juan Fermín Pacompia Flores, Dino Florentino Concha Gómez, Hilario Atencio Maquera y Liliana Rosario Bustinza Saira, regidores del Concejo Distrital de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna, por la causal prevista en el artículo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Así como, NULO todo el procedimiento de suspensión instaurado en contra los mencionados regidores; sin perjuicio de lo dispuesto en el considerando 10 del presente pronunciamiento.

De igual forma declaro IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión, del 17 de junio de 2016, interpuesta por Víctor Ticona Amones contra William Velásquez Chipana, Florentina Andrea Catacora Mamani, Rusia Edith Aguilar Chura, Juan Fermín Pacompia Flores, Dino Florentino Concha Gómez, Hilario Atencio Maquera y Liliana Rosario Bustinza Saira, regidores del Concejo Distrital de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna, por cuanto el artículo 30, numeral 1, del Reglamento Interno de Concejo, no cumple con el principio de tipicidad, conforme a lo expuesto en el presente pronunciamiento.