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Tribunal Constitucional falla a favor de conformar nuevas bancadas

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Demanda de un grupo de congresistas contra norma fue declarada fundada en parte con cinco votos a favor. Fallo beneficia a congresistas no agrupados.

(Foto:Radio Uno)

El Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad que interpusieron 41 congresistas contra la “Ley antitransfuguismo“. El fallo se tomó con cinco votos a favor y se declaró inconstitucional las disposiciones medulares de la norma que fue aprobada en octubre del 2016 con respaldo del fujimorismo.

El pleno del TC resolvió que el inciso 5 del artículo 37 del Reglamento del Parlamento “vulnera los derechos de libertad de conciencia, a la participación política y al principio de interdicción de mandato imperativo”. 

También se puntualiza que se vulnera el derecho a la asociación “únicamente respecto de las expresiones ‘partidos políticos’ y ‘alianza electorales’”. Así, los artículos declarados inconstitucionales son el 37, inciso 5 y 2; y artículo 76, inciso 2.3.

Expresamente lo resuelto por mayoría hace cuestión de la imposibilidad que tienen los parlamentarios no agrupados de conformar nuevas bancadas después de renunciar o ser separados de las agrupaciones donde resultaron elegidos. 

“No pueden constituir nuevo Grupo Parlamentario ni adherirse a otro los Congresistas que se retiren, renuncien, sean separados o hayan sido expulsados del Grupo Parlamentario, partido político o alianza electoral por el que fueron elegidos, salvo el caso de alianzas electorales conforme a ley (…)”, señala el inciso 5 del artículo 31 del reglamento.