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Decreto supremo restituye ingreso de cosméticos y perfumería

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Asesor de Aju Zotac aseveró que era urgente y necesario tratar este tema porque estaba generando inestabilidad en la parte de la zona comercial.

(Foto: Radio Uno)

Mediante Decreto Supremo nro. 023-2019-SA fue aprobado el Reglamento del artículo 11-A de la Ley nro. 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna

Al respecto, Efraín Mamani, asesor de la Aju Zotac, mencionó que este decreto es sumamente importante para el sector comercial porque restituye la actividad operativa de ingreso de los productos cosméticos y de higiene personal.

Recordó que dichos productos fueron restringidos desde diciembre de 2016 por una adecuación de a la norma de la Comunidad Andina, la decisión nro. 516. “El sistema Zotac empieza desde la década del 90 y nos dan un listado de partidas en las que también estas cosméticos y de higiene personal”.

No obstante, resulta que en el caso de estos productos fueron incorporados en el marco de la Comunidad Andina, esto nos generó una restricción que motivó una batalla de casi dos años para que la misma Comunidad Andina pueda entender que la adecuación de una norma nacional que estaba afectando a una propia ley que es la única que tiene el país de la Comunidad Andina como Perú, tenemos una Zona Franca en una zona comercial”.

Entonces no podría una norma generar distorsión, generar barreras en una actividad que estaba desarrollándose, “se ha batallado bastante”.