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IDL: se cumplía las condiciones para la prisión preventiva de Keiko Fujimori

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El único desacuerdo era en relación a los meses de la prisión preventiva de 36 a 18, expresó Luis Miguel Purizaga, coordinador del Instituto de Defensal Legal.

Luis Miguel Purizaga, coordinador del Instituto de Defensal Legal (IDL)

Luis Miguel Purizaga, coordinador del Instituto de Defensal Legal (IDL), dijo que esta decisión del Tribunal Constitucional se trajo abajo una decisión sostenida por todos los fueros del Poder Judicial “por donde se había visto este caso de la señora Fujimori en donde había una decisión que era constante en todas las instancias que procedía y procedía muy bien la prisión preventiva”.

Como es sabido, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) acordó, por mayoría, declarar fundado el recurso de hábeas corpus que se presentó a favor de Keiko Fujimori, y, en consecuencia, anular la prisión preventiva que se dictó contra la lideresa de Fuerza Popular (FP), en el marco del Caso Odebrecht.

“El único desacuerdo era en relación a los meses de la prisión preventiva de 36 a 18, pero las condiciones para la prisión preventiva se presentaban, todos los jueces de las diferentes instancias coincidían en eso”, mencionó el abogado.

Ratificó que, los jueces en diferentes instancias estuvieron de acuerdo en que se cumplía las condiciones para que se dicte la prisión preventiva para la señora Keiko Fujimori.

“Entonces sorprende porque uno se pregunta cuáles fueron los argumentos del TC para tomar una decisión completamente diferente a todos los jueces del Poder Judicial que han establecido en diferentes instancias un parecer distinto”.