El pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de ley sobre legítima defensa, el cual tiene como fin eximir de responsabilidad penal a los ciudadanos que -ante una situación de peligro inminente- hagan uso de la fuerza (incluso letal) para proteger la vida o la integridad propia o de terceros.
Con 78 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones, el Legislativo aprobó en segunda votación el texto sustitutorio del dictamen presentado por la congresista Patricia Chirinos (Avanza País), que tenía como propósito modificar el Código Penal y el Código Procesal Penal respecto a los alcances de la responsabilidad penal en caso de legítima defensa.
La presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Janet Rivas Chacara (Perú Libre), explicó que se modifica el numeral 3 del artículo 20 del Código Penal, Decreto Legislativo 635 sobre Inimputabilidad donde quedan exentos de responsabilidad penal «el que obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros, con uso de la fuerza, incluido el uso de la fuerza letal».
Como requisito para ello, esta práctica de la legítima defensa tiene que derivar de una agresión real, perpetrada previa irrupción ilegítima dentro de un inmueble, medio de transporte, negocio, empresa, asociación civil, lugar de trabajo o en algún inmueble que sea de propiedad de quien repelió el ataque.
También se tomará en cuenta la actitud hacia el agresor por parte de quien se defiende de él, la situación de peligro inminente en la que este se encuentre y la necesidad de proteger tanto su vida como la de terceras personas.
Otra de las modificaciones al Código Penal propuestas en el dictamen indica que si una persona apela al uso de la fuerza mediante arma de fuego inscrita a su nombre, este objeto será incautado dentro de las siguientes 48 horas para ser sometido a las investigaciones correspondientes.