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MEM anula Audiencia Pública de Southern

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A través de una Resolución Viceministerial, el Ministerio de Energía y Minas dispuso la nulidad de auto directoral que aprobó la convocatoria de la Audiencia Pública de Southern y por lo tanto, en su parte resolutiva cumple con disponer la nulidad de todo lo actuado a partir de dicho documento y por consiguiente, según reza en su parte considerativa, la Audiencia Pública celebrada el 21 de septiembre. Ahora le corresponderá a las autoridades pronunciarse sobre este documento y determinar si mantienen su postura en relación a la paralización indefinida o si se adoptarán otras medidas, teniendo en cuenta que aunque este documento tiene fecha de emisión 30 de septiembre, fue dado a conocer recién esta mañana, luego de vencido el plazo de las autoridades.

A través de la Resolución Viceministerial Nº 010-2011-MINEM/VNM de fecha 30 de septiembre, el Ministerio de Energía y Minas declara la nulidad del Auto Directoral Nº 426-2011-MEM-AAM que aprobó la convocatoria a la Audiencia Pública del proyecto de “Ampliación de la Concentradora Toquepala y Recrecimiento del Embalse de Relaves de Quebrada Honda” en el estadio del asentamiento minero de Toquepala,  Millsite.

Según la parte considerativa de esta resolución, el MEM declara nulo el Auto Directoral Nº 426-2011 de fecha del 15 de septiembre, que autoriza a Southern el cambio de local para el desarrollo de su Audiencia Pública programado inicialmente en la I.E. Pinto Zeballos de Ilabaya, para pasarla al estadio Millsite de Toquepala, según el escrito Nº 212744, presentado por la minera el 14 de septiembre y que extrañamente fue resuelto en menos de 24 horas.

Sin embargo en esta misma parte considerativa el MINEM insiste en que Toquepala es centro poblado, pero sí reconoce que este “centro poblado” es propiedad de Southern y reza el documento:  “Se aprobó el cambio de local para la Audiencia Pública al Estadio Millsite, ubicada en el Área Plaza, Centro Poblado  Toquepala, distrito de Ilabaya, de propiedad de Southern, debido al desistimiento del director del colegio, sobre el local anteriormente aprobado, así como al pronunciamiento de algunas autoridades de negar ambientes de propiedad pública para realizar la audiencia”.

En esta resolución, el MINEM también opta por considerar nulo todo acto que devenga de este documento y por consiguiente también se declara sin efecto el Auto Directoral Nº 439-2011-MEM-AAM de fecha 23 de septiembre donde se convoca a la realización de una nueva Audiencia Pública.

Además reconoce que se ha vulnerado la normativa de participación ciudadana en materia ambiental, no habiéndose cumplido con convocarse esta audiencia en un centro poblado y no en asentamientos mineros. “El mismo que si bien es reconocido como punto censal para efectos estadísticos por el INE, no tiene reconocimiento de centro poblado a efectos legales, con lo cual la convocatoria no cumple con lo prescrito en el numeral 24.1 del art´. 24 de las citadas normas de participación ciudadana…situaciones que generan la ILEGALIDAD del Auto Directoral Nº 426-2011”.

También se refiere a la escasa convocatoria y difusión de este evento considerando que para cumplir la normativa tienen que transcurrir no menos de 40 días para comunicar un cambio en la audiencia, figura que por supuesto no se dio porque desde el 15 en que se cambió el local, hasta el 21 apenas transcurrieron 6 días.

Finalmente resuelve “Declarar la nulidad del Auto Directoral Nº 426 que aprobó la convocatoria a Audiencia pública y la nulidad de lo actuado a partir de dicho auto, disponiéndose de RETROTRAER todo lo actuado al momento anterior inmediato al Auto Directoral Nº 426”.

CLICK AQUI PARA LEER RESOLUCIÓN