El Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo ha declarado con Decreto Supremo 019?2011- PCM que los días 23 y 30 de diciembre serán considerados como no laborables para el personal del sector público.
Este año los trabajadores del sector público gozarán de los días 23 y 30 de diciembre como no laborables. Asimismo estos días deberán ser compensados en la semana posterior a la del día no laborable o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública. El sector privado también podrá acogerse a este beneficio previo acuerdo entre trabajador y empleado.
Los días 25 y 01 son declarados feriados, así que los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo además estos días laborados darán lugar a un pago del 100% de una retribución.