El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido una resolución que ordena la suspensión de la investigación contra la presidenta Dina Boluarte hasta la culminación de su mandato. La decisión, que ya está siendo notificada a la Fiscalía y al Poder Judicial, ha sido respaldada por el abogado constitucionalista Ángel Delgado, quien la califica como un acatamiento de la Carta Magna.
Delgado, abogado constitucionalista, explicó que, aunque no ha leído el texto completo de la resolución, su análisis preliminar se basa en el artículo 117 de la Constitución. Según este precepto, el presidente de la República, como jefe de Estado, solo puede ser investigado y acusado por cuatro causas específicas mientras ejerce su cargo: traición a la patria, impedir las elecciones nacionales, regionales o municipales; cerrar ilegalmente el Congreso e impedir el funcionamiento de los organismos electorales.
Fuera de estas excepciones, cualquier investigación o acusación por otro delito debe suspenderse hasta que el presidente termine su periodo. Para Delgado, la resolución del TC pone fin a lo que él considera una «tergiversación» de la Constitución que ha permitido investigar a la persona que ostenta la jefatura del Estado peruano por motivos no contemplados en la ley. «Tengo yo la impresión que el Tribunal Constitucional ha [hecho] lo que dice el texto constitucional», afirmó.
Como precedente, Delgado recordó el caso de Martín Vizcarra, quien, a pesar de haber sido investigado, su juicio por el cual se le impuso una medida fue suspendido durante el tiempo que fue presidente y retomado solo cuando dejó el mando. Delgado anticipa que lo mismo ocurrirá con la presidenta Boluarte a partir de julio de 2026.
Aclaró que, si bien puede haber investigaciones de tipo preliminar cuyo objeto es determinar la existencia del delito y posibles responsables, la investigación ‘en serio’ se produce cuando esta se formaliza. Para aforados como la presidenta, congresistas, ministros o jueces supremos, esta requiere un levantamiento del fuero por parte del Congreso de la República para ser procesados. Por tanto, este fallo del TC delimita los alcances de las investigaciones contra presidentes en ejercicio a únicamente la fase preliminar, debiendo esperar el fin del mandato para proceder con la formalización.
Frente a la pregunta sobre si el Ministerio Público y el Poder Judicial acatarán la decisión, Delgado fue enfático: «estamos en el estado de derecho, más bien ellos son los que están en una posición de rebeldía que no se justifica». Subrayó que, de acuerdo con el TC, ambas entidades «dejarán de investigar a Dina Boluarte hasta que termine su mandato». Este privilegio, aclaró Delgado, se aplica exclusivamente al ciudadano que ostenta la Presidencia, a diferencia del resto de la población.
Dina Boluarte no podrá ser investigada por disposición del Tribunal Constitucional