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«Es completamente legal» que jueces evalúen sumar el delito de conspiración a Pedro Castillo

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La Sala Penal Especial del Poder Judicial ha introducido un giro significativo en el proceso judicial contra el expresidente Pedro Castillo Terrones al anunciar la posibilidad de una recalificación jurídica de los hechos. Originalmente acusados por el delito de rebelión, el tribunal ahora evalúa la figura de conspiración para la rebelión, una modificación que podría impactar considerablemente la duración de una eventual condena.

Según una resolución emitida esta mañana, los jueces supremos, por mayoría, han resuelto en aplicación del artículo 374, inciso 1 del Código Procesal Penal, anunciar a las partes la posibilidad de una calificación jurídica adicional a la propuesta por el Ministerio Público. Esta nueva calificación se refiere al artículo 349 del Código Penal, que regula la conspiración para el delito de rebelión, lo que habilita al tribunal a analizar los hechos y las pruebas bajo ambos tipos legales: rebelión (Artículo 346) y conspiración (Artículo 349).

El abogado penalista Alex Choquecahua, explicó que esta medida, aunque «una herencia del antiguo sistema jurídico procesal penal inquisitivo», es «completamente legal». El artículo 374.1 del Código Procesal Penal permite a los jueces, antes de la culminación de la actuación probatoria, advertir a las partes si los hechos de la acusación original califican como otro delito. Tras la resolución, la fiscalía debe presentar un requerimiento de acusación complementaria, y la defensa de las partes acusadas tiene hasta cinco días hábiles para contestarla.

La principal implicación de esta recalificación es la reducción sustancial de la potencial pena de prisión. Mientras que el delito de rebelión conlleva una pena de entre 10 a 20 años, la conspiración para la rebelión la reduce a la mitad, es decir, de 5 a 10 años. Si además se considera en grado de tentativa, la pena podría oscilar entre 3 años y 8 meses a 6 años y 9 meses aproximadamente.

Choquecahua sugiere que, de aplicarse la pena reducida, Pedro Castillo «enfrentaría probablemente una pena suspendida y terminaría firmando mensualmente en el poder judicial». Incluso, bajo ciertas circunstancias, se le podría «imponer una pena alternativa» como «pena de trabajo comunitario». Este escenario representa un cambio drástico respecto a las expectativas iniciales de una condena más severa.

El juicio oral ha sido suspendido y se reiniciará el martes 23 de septiembre, fecha en la que se espera la presentación del requerimiento de acusación complementaria por parte de la fiscalía.