Otro expresidente condenado. La Sala Penal Especial de la Corte Superior sentenció, por mayoría, al exmandatario de la República, Pedro Castillo Terrones, a 11 años, 5 días y 15 días de prisión efectiva por el delito de conspiración para una rebelión, derivado del intento fallido de golpe de Estado del pasado 7 de diciembre de 2022. Por otro lado, fue absuelto del delito de abuso de autoridad y perturbación pública.
En adelanto de fallo, se impuso igual sentencia al exministro del Interior, Willy Huerta Olivas (suspendida hasta su confirmación), así como para la expremier Betssy Chávez Chino, para quien se ordenó su ubicación y captura nivel nacional e internacional. El tribunal también impuso 6 años y 6 meses de pena privativa de la libertad a Aníbal Torres Vásquez, la cual estará suspendida hasta que sea confirmada en instancia superior.
Según la Sala, quedó probado que Castillo Terrones atentó contra los poderes del Estado y el orden constitucional, hecho que propició comunicados de rechazo de parte de entidades como el PJ, TC, ONPE, Reniec, JNE. Además, fue detenido en flagrancia delictiva, mientras intentaba trasladarse a la embajada de México y era vacado por permanente incapacidad moral por el Congreso.
Cabe mencionar, se consignó que la desvinculación procesal del delito de rebelión es procedente al estar facultado por la norma y ser puesto en conocimiento por las partes durante el juicio. Por ello, la Sala argumentó: «Pese a su notoria acometida criminal, los acusados Castillo, Torres, Chávez, Huerta no lograron reunir los medios materiales y personales suficientes para estimar el levantamiento de armas exigido para el delito de rebelión. (…) No es factible afirmar que finalmente lograron entrar en la fase ejecutiva del delito de rebelión».
Reparación Civil y Absoluciones
La sentencia fijó por concepto de reparación civil la suma de 12 millones de soles. Este monto deberá ser abonado en forma solidaria por los sentenciados José Pedro Castillo Terrones, Betssy Chávez Chino, Aníbal Torres Vázquez y Willy Arturo Huerta Olivas, a favor del Estado.
Castillo Terrones fue absuelto de las acusaciones fiscales por los delitos de abuso de autoridad ilícito y grave perturbación de la tranquilidad pública. Por ello, se declaró infundado el pago de reparación civil respecto a estas dos imputaciones.
El fallo también incluyó la absolución del teniente PNP Antonio Infanzón Gómez, comandante Justo Jesús Venero Mellado y el general Manuel Elías Lozada Morales del delito de conspiración para una rebelión. Consecuentemente, el pago por concepto de reparación civil de estos tres absueltos fue declarado infundado.
Además, la Sala declaró infundadas las solicitudes de nulidad absoluta de todo lo actuado, peticionadas por la defensa de Castillo Terrones y de la tercera legitimada Celestina Mamá y Molinero. Se declaró fundada la solicitud de nulidad de la compraventa realizada por la condenada Chávez Chino en favor de Celestina Mamá y Molinero, referente a un inmueble ubicado en Tacna.
La sentencia, que contó con la suscripción en mayoría de los jueces supremos José Neira Flores y Norma Carvajal Chávez, será notificada con su lectura íntegra en audiencia que se realizará el jueves 4 de diciembre desde las 9 de la mañana











