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Juez rechaza amparo de feriantes y respalda principio de autoridad en Alto de la Alianza

Tras abandonar estadio, feriantes han ocupado vía no autorizada pese a tener opción aprobada en calle Canadá.
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El Juzgado Civil de la sede MBJ Alto de la Alianza de la Corte Superior de Justicia de Tacna emitió un fallo definitivo que pone punto final a las pretensiones de un sector de comerciantes informales. La magistrada María Soledad Anco Rejas declaró infundada la demanda de Acción de Amparo interpuesta por la dirigente Blásida Cahuana Laura, quien buscaba dejar sin efecto la normativa que prohíbe el comercio ambulatorio en el Jirón La Unión, ratificando de esta manera que dicha vía continuará vigilada como «zona rígida».

El conflicto legal se originó a raíz de la Ordenanza Municipal N.° 009-2020-MDAA. Esta norma, emitida durante la crisis del COVID-19, desalojó las calles y reubicó temporalmente a los feriantes de la asociación «Gran Complejo Agro Comercial del Altiplano» dentro del estadio Héroes del Alto de la Alianza (Ex Maracaná). Sin embargo, al recibir la orden de desocupar el recinto deportivo con plazo máximo al 29 de marzo de 2026, los comerciantes pretendieron regresar por la fuerza a la vía pública alegando una supuesta vulneración a su derecho al trabajo.

La comuna distrital, a través de su Procuraduría Pública, frenó en seco los argumentos de los feriantes demostrando que el uso de las calles por «costumbre» o antigüedad no genera ningún derecho adquirido sobre el espacio que le pertenece a todos los ciudadanos. A la defensa legal del municipio se sumó el contundente respaldo de los propios vecinos del Jirón La Unión, quienes mediante memoriales y cartas notariales exigieron respeto a su tranquilidad, denunciando que el retorno de la feria colapsaba el tránsito peatonal y vehicular, acumulaba basura e impedía el libre acceso de ambulancias y bomberos.

Tras evaluar detalladamente los informes de la Sub Unidad de Gestión de Riesgo de Desastres, el juzgado concluyó que la ordenanza municipal mantiene plena validez técnica y legal porque protege fines constitucionales mayores como la seguridad ciudadana y el orden urbano. La jueza remarcó en su fallo que el derecho al trabajo no es absoluto y no puede ejercerse de forma caprichosa o unilateral afectando la calidad de vida de los residentes del sector. Asimismo, se verificó que la municipalidad sí ofreció alternativas de reubicación formal en zonas permitidas como las calles Canadá, México y la avenida Emancipación.

Con este revés judicial para los comerciantes, la demanda fue desestimada en todos sus extremos y se dispuso el archivo definitivo del caso una vez que sea consentido, eximiendo a la parte demandante del pago de los costos del proceso. De este modo, el Jirón La Unión queda blindado legalmente frente a cualquier intento de invasión comercial, y la Municipalidad Distrital de Alto de la Alianza mantiene la facultad total para erradicar el comercio informal de la zona.