La audiencia programada para hoy contra los 17 acusados de incendiar la sede de la gobernación en el 2008, tuvo que ser postergada para el mes de diciembre.
Audiencia será en diciembre.
A más de cuatro años de haberse producido la quema de la sede de la Gobernación, los plazos para emitir una sentencia que condene a los responsables del violento hecho continúan aplazándose. Esta vez el inicio del juicio oral programado para hoy a las 9 de la mañana fue postergado para el próximo 17 de diciembre a las 14:30 horas.
Son 17 procesados los deberán asisitir a la sala de audiencias del juzgado unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Tacna, acusados de de haber quemado el histórico local durante las protestas contra la redistribución del canon minero, conocidas como el «tacnazo».
Se trata de Ruso Calderón, Arturo Moore, Mariano Moreno, Elizalde Zeballos, Felipe Mamani, Eusebio Calixto, Erick Manrique, Andy Malpartida, Eugenio Mamani, Valerio Huallpa, Feliciana Larico, Marco Ruiz, Regino Ayala, Marco Platero, Julio Dávalos, Sofía Mamani y Virginia Velásquez.
Los primeros 14 afrontarán la acusación en calidad de coautores, y los tres últimos como cómplices secundarios, en el delito contra la tranquilidad pública en la modalidad de disturbios.
Se conoció que la sala concedió la inhibición del juez Raúl Caballero por lo que ahora será el magistrado Pedro Franco quien estará a cargo del caso cuando regrese del permiso que solicitó.
DEFENSA.
Miguel Días, abogado del investigado Marco Ruiz, señaló que los verdaderos responsables del incendio de la gobernación deben ir a la cárcel. Sin embargo su defendido no tuvo responsabilidad en los violentos hechos, ya que la única prueba contra él es un video que no lo involucra en los actos contra el local.
“Mi patrocinado no tuvo nada que ver en los hechos acontecidos, ni en las lesiones, ni en lo daños y menos el incendio (…) Hay un video donde hace fuerza con el policía, le quita el escudo y lo rompe. Esa es la acusación directa. Nosotros vamos a demostrar en el juicio que eso no entra al aspecto subjetivo del delito cuando se trata de delitos de disturbio”, dijo.