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Elecciones en Boca del Río fueron anuladas

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Por amplia mayoría el pleno del concejo de la comuna provincial decidió declarar la nulidad del proceso electoral que se realizó el pasado 7 de octubre y que dio por ganadora a la hija de la gobernadora regional, Bárbara Cuadros Quihue.

La votación fue contundente. Con 9 votos a favor y solo dos en contra el Pleno del Concejo de la Municipalidad Provincial de Tacna decidió aceptar el recurso de apelación que declaraba infundado el pedido de nulidad del proceso electoral de autoridades municipales del centro poblado Boca del Río presentado por Eduardo Oviedo Palacios y María Loureiro Villar.

Esto luego de comprobarse que existieron serias irregularidad durante el proceso que dio como ganadora a la hija de la gobernadora regional, Bárbara Cuadros Quihue.

HALLAZGOS. Durante la lectura del dictamen  de la Comisión de Asuntos Legales, Veedores y Procesos Disciplinarios la regidora y presidenta de la referida comisión, Lourdes Huancapaza, dio a conocer que el comité electoral de Boca del río informó que Kenny Ramos Vargas primer vocal abandonó su cargo desde el 18 de setiembre hasta la finalización del proceso, sin justificación alguna. 

Sin embargo contraviniendo la ordenanza municipal 037, que disponía que en estos casos se  convoque al suplente para que asuma funciones, las elecciones se efectuaron con la participación de solo 4 miembros.   

Asimismo detalló que la convocatoria a elecciones complementarias vulneró la referida ordenanza ya que se convocó a votación el 7 de octubre es decir 112 días después de las primeras elecciones,  cuando el plazo establecido era de 60 días calendarios. 

Además cuestionó la seriedad del proceso electoral debido a que el cronograma inicial se modificó hasta en 2 oportunidades en -pleno proceso eleccionario- siendo el plazo de la última modificación el 7 de setiembre del 2012.

Respecto a la publicación del padrón de electores estos no fueron colocados durante los 3 días dispuestos en la ordenanza, solo fueron publicados por dos días impidiendo que los residentes lo observen y presenten las impugnaciones correspondientes “lo que constituye una grave irregularidad que contiene vicios en el desarrollo de las elecciones”, refirió. 

La Comisión de Asuntos Legales también pudo corroborar que los miembros del  comité electoral de manera “arbitraria, discriminatoria y sin respetar el trato igualitario” permitieron que un grupo de adjudicatarios del PROMUVI los Arenales fueran inscritos en el padrón de electores pese a que estaba prohibido por la ordenanza 037, ya que no contaban con 4 meses de residencia ni  vivienda en la zona.

Sobre la supuesta suplantación de firmas, Huancapaza, indicó que por tratarse de un caso que se encuentra  judicializado la comisión se abstiene de emitir opinión y calificar el hecho por no ser de su competencia, sin embargo se hace la observación al comité ya que entre sus funciones debe velar el acto de inscripción. 

Frente al caso del ciudadano Eduardo Oviedo, cuya inscripción en el padrón electoral no fue permitida por el comité electoral que alegó que no contaba con residencia en la zona y por lo tanto no podía votar en las elecciones,  la comisión estableció que su nombre figura en la lista en el numero de orden 425, sin embargo fue “borrado con líquido corrector y nuevamente escrito”. 

Asimismo se rechaza la exclusión del comité a Oviedo quien empató en el primer lugar en el proceso electoral de fecha 17 de junio del 2012 y fue regidor del centro poblado. Pero también hace hincapié en que los integrantes del ente electoral no tomaron en cuenta los documentos probatorios que presentó en su debido momento.

VOTACIÓN. Culminado el debate 9 regidores votaron a favor del pedido de nulidad de las elecciones y solo Nancy Claros y Víctor Flores se mostraron en contra.

De esta manera la elección de Bárbara Cuadros Quihue queda nula y se deberá convocar a un nuevo proceso cuya fecha aún no ha sido definida.