Hoy la Comisión de Fiscalización de los hechos regulares por las 8 obras realizadas por la municipalidad de Gregorio Albarracín en convenio con la Fuerza Aérea del Perú (FAP) presentaron en sesión de consejo ordinaria la primera parte del informe en donde se plantea la investigación respecto a la responsabilidad administrativa del alcalde Víctor Cabrera en el caso de las firmas falsas de los cuadernos de obras que es suscito hace tres meses.
"…si existen hechos para que se investiguen la responsabilidad administrativa comprobada por la acción y omisión por parte del alcalde de conformidad a las acciones expuestas y en segunda la comisión considera que existen suficientes indicios y hechos para que se determine la responsabilidad administrativa comprobada por la acción del Gerente Municipal, Gerente de Ingeniería de Obras así como la responsabilidad civil de los residentes de obras" declaró la regidora y miembro de la comisión , Frida Martínez, respecto a las conclusiones expuestas en el informe.
Martínez señaló también cuales son las recomendaciones que se formulan en el mismo "Primero: Aperturar el proceso administrativo disciplinario al alcalde por medio de la resolución de Consejo Municipal por estricto respeto a la jerarquía a fin de que se proceda a presentar sus descargos y abrir la investigación correspondiente y conforme a las observaciones hechas a su cargo como persona y como funcionario a fin de cumplir con lo encomendado por el pleno del consejo respetando su derecho a la defensa y al debido proceso a fin de deslindar responsabilidad con el pleno del consejo ello en merito a que esta comisión se le ha encomendado la responsabilidad administrativa del alcalde.
Segundo: Autorizar al procurador iniciar las acciones legales correspondientes al supervisor y residente por los daños y prejuicios a la entidad a fin de deslindar responsabilidad con el pleno del consejo, Tercero: Remitir el informe a las comisiones disciplinarias especial y permanentes a fin de que se amplíe la investigación y que se determine la responsabilidad administrativa del gerente municipal, de ingeniería y los servidores que resulten responsables.
Las conclusiones referidas por la regidora surgen a raíz del sustento legal correspondiente basado en la ley de Contrataciones y Adquisiciones que mediante el Decreto Nº 84-2004 en su artículo 43 establece que para que se hubiera efectuado un convenio entre la municipalidad y la FAP se debía realizar un contrato y si no se preciso el mismo el pleno del consejo debía autorizar que no se iba a llevar a cabo el contrato para las obras que realizaron , lo cual no sucedió en ninguna de las dos formas dejando entrever que hubo dinero de por medio.
La presentación del informe se realizó hoy mientras que la sustentación por los tres miembros de la comisión se estima para dentro de 8 días; en referencia al tema del préstamo de las instalaciones del Instituto Tecnológico Municipal al colegio Jorge Chávez la regidora indicó no concordar con lo dispuesto en sesión y pedir se realicé una sesión extraordinaria para mañana o el sábado y se tome este punto como único en la agenda.