El abogado Saúl Cuadros, considera que tras los argumentos presentados, el JNE debe declarar fundado el pedido y suspender al alcalde por al menos 30 días.
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El ciudadano Víctor Ticona pidió la suspensión del alcalde de Gregorio Albarracín, Mario Ruiz por infringir el artículo 86 del Reglamento Interno del Concejo (RIC) de la comuna.
En su argumento precisa que la autoridad edil no puede percibir un sueldo menor al de su gerente que asciende a S/. 5 384 nuevos soles, mientras que el burgomaestre percibe una remuneración ascendiente a S/. 4550 nuevos soles.
Su solicitud fue desestimada en primera instancia en el Consejo Municipal del distrito y apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones.
Tras la audiencia en el JNE, Saúl Julio Cuadros, abogado de la parte acusadora, considera que tras los argumentos presentados espera se declare fundado el pedido y el alcalde sea suspendido por al menos 30 días.
Aclara que la consulta se ha hecho en el mes de abril, y el reglamento astutamente cambiado en el mes de setiembre no aplica, ya que no es retroactivo. Señala que el cambio del reglamento solo busca blindar al alcalde.
La ley orgánica de municipalidades en el artículo 86 incisos A e I indican que la autoridad está obligada a dar toda la información a los ciudadanos.
Para Cuadros, en 15 días hábiles se debe tener ya una respuesta del Jurado Nacional de Elecciones respecto a la apelación.