Pleno aprobó por unanimidad la ley que protege a los animales domésticos y silvestres. Corridas de toros no están incluidas.
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El Pleno del Congreso de la República aprobó por unanimidad la Ley de Protección y Bienestar Animal que establece sanciones ante maltrato y crueldad causados por el ser humano.
Con 90 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, se aprobó incorporar el artículo 207-A al Código Penal para sancionar con pena privativa de la libertad no mayor de tres años a los responsables de actos de crueldad contra animales domésticos.
En caso de la muerte del animal, la pena se amplía de tres hasta cinco años de cárcel, con 150 a 360 días de multa.
A inicios de noviembre, la Comisión de Justicia del Congreso aprobó modificar el proyecto de ley, pero no consideró incluir en los alcances de la norma las corridas de toros y peleas de gallos, espectáculos cuyos promotores estarán exentos de sanción.
El dictamen fue exonerado de una segunda votación con 91 votos a favor.