Cada Dirección Regional de Educación, en coordinación con las UGEL, deberá aprobar un Plan de Recuperación de Horas Efectivas e implementarlo en 48 horas.
Ejecutivo Central emitió decreto de urgencia referido a la recuperación de clases.
El Poder Ejecutivo publicó hoy un decreto de urgencia Nro. 012-2017 cuyo objetivo es dictar medidas extraordinarias que debe observar el Gobierno Nacional y los gobiernos regionales a fin de restablecer la prestación del servicio educativo en las instituciones educativas públicas que impartan la educación básica.
Una de las medidas de la norma tiene que ver con la restitución del servicio educativo, con la cual una Dirección Regional de Educación, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), debe aprobar un Plan de Recuperación de Horas Efectivas e implementarlo en las instituciones educativas de su jurisdicción en un plazo no mayor de 48 horas.
La aprobación de cada plan se deberá informar al Ministerio de Educación (Minedu) dentro de un plazo máximo de 24 horas de aprobado dicho plan.
Para la implementación del Plan de Recuperación de Horas Efectivas, se autoriza a la Dirección Regional de Educación o la UGEL, según corresponda, en caso de requerirlo, a suscribir directamente contrato de servicio docenteexcepcional, dentro de los cinco días hábiles de aprobado el plan.
Para la suscripción de estos contratos se tomará en cuenta el cuadro de mérito del proceso de contratación docente 2017, y solo en su defecto, contratar bajo dicha modalidad, docentes o profesionales de otras disciplinas o personas experiencia práctica en la docencia.
La duración de dichos contratos se encontrará supeditada a la culminación del Plan de Recuperación de Horas Efectivas.
Cada Dirección Regional de Educación deberá informar al Minedu sobre la implementación del plan, dentro del plazo máximo de 24 horas del inicio de su ejecución, bajo responsabilidad.
La norma autoriza también al Minedu, con cargo a sus presupuesto institucional y sin demandar mayores recursos al Tesoro Público, a la contratación temporal de servicios y de personal para brindar el servicio educativo.
Esto con la finalidad de asegurar la recuperación y continuidad del servicio educativo en las instituciones educativas públicas de educación básica a nivel nacional, que hayan sido afectadas por las huelgas declaradas improcedentes o ilegales.
Apafa
La norma establece también que los padres de familia individualmente o a través de las Asociaciones de Padres de Familia (Apafa) de las instituciones educativas públicas y, a nivel nacional y regional, pueden solicitar a las instancias de gestión educativa descentralizadas del Sector Educación, la información del cumplimiento de lo establecido por el Poder Ejecutivo.