Demanda de un grupo de congresistas contra norma fue declarada fundada en parte con cinco votos a favor. Fallo beneficia a congresistas no agrupados.
(Foto:Radio Uno)
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad que interpusieron 41 congresistas contra la «Ley antitransfuguismo«. El fallo se tomó con cinco votos a favor y se declaró inconstitucional las disposiciones medulares de la norma que fue aprobada en octubre del 2016 con respaldo del fujimorismo.
El pleno del TC resolvió que el inciso 5 del artículo 37 del Reglamento del Parlamento “vulnera los derechos de libertad de conciencia, a la participación política y al principio de interdicción de mandato imperativo”.
También se puntualiza que se vulnera el derecho a la asociación “únicamente respecto de las expresiones ‘partidos políticos’ y ‘alianza electorales’». Así, los artículos declarados inconstitucionales son el 37, inciso 5 y 2; y artículo 76, inciso 2.3.
Expresamente lo resuelto por mayoría hace cuestión de la imposibilidad que tienen los parlamentarios no agrupados de conformar nuevas bancadas después de renunciar o ser separados de las agrupaciones donde resultaron elegidos.
«No pueden constituir nuevo Grupo Parlamentario ni adherirse a otro los Congresistas que se retiren, renuncien, sean separados o hayan sido expulsados del Grupo Parlamentario, partido político o alianza electoral por el que fueron elegidos, salvo el caso de alianzas electorales conforme a ley (…)», señala el inciso 5 del artículo 31 del reglamento.