La norma queda sin efecto para el caso particular de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa.
(Foto: Radio Uno)
La Corte de Arequipa declaró fundada la medida cautelar que presentó la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa en contra de la ley contra la publicidad estatal. El juzgado resolvió que dicha norma es inaplicable para este caso en particular.
“El juzgado Constitucional de la Corte de Arequipa, declaró fundada la medida cautelar presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa y por tanto suspende para este caso específico, la aplicación de la Ley N° 30793 que regula el gasto de publicidad del Estado peruano y prohíbe a las entidades públicas contratar publicidad en medios de comunicación privados”, informó la sala.
El titular de la sala, la jueza Karina Apaza del Carpio, dispuso la notificación de esta decisión judicial vía fax y correo electrónico al presidente del Congreso, Daniel Salaverry. Además de ejecutarse dicho trámite por vía regular.
La magistrada resaltó, a través de un comunicado, que la inaplicación de esta norma para el caso particular puede quedar suspendida, si es que presentan una apelación en contra del reciente fallo. Mientras ello no ocurra, “la también denominada Ley Mulder, no puede aplicarse para la citada entidad crediticia considerada pública pero de derecho privado”.
“Cabe resaltar que la medida cautelar puede ser apelada por la parte demandada y de concederse recurso de revisión, se declararía con efecto suspendido; es decir que en tanto no quede firme; es decir sea confirmada en segunda instancia, no podría aplicarse”, narra el escrito.