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Aquí decreto supremo que dispone restricciones por niveles de alerta

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Según D.S Nº 023-2021-PCM, hasta el 28 de febrero, se dispone la inmovilización social obligatoria de lunes a domingo, que en Tacna por estar en nivel extremo, va desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas.

Tacna en nivel extremo de contagio.

Mediante decreto supremo n° 023-2021-PCM, el gobierno de Francisco Sagasti, oficializó modificaciones al decreto supremo que aprueba el nivel de alerta por provincia y departamentos.

Siendo así, correspondiente a Tacna que fue incluida en alerta de nivel extremo. La normativa dispone que, hasta el 28 de febrero de 2021, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios de lunes a domingo, desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas.

-Excepciones-

La normativa precisa que está permitida únicamente la salida para el desarrollo de actividades autorizadas, incluyendo las citas médicas, entre las 06.00 y 18.00 horas; así como, la salida con fines de salud física y mental, sin vehículo particular y durante una hora como máximo a lugares cercanos al domicilio, entre las 06.00 y 18.00 horas.

Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros y servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery).

De igual manera, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia.

El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y para la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria.

-Transporte-

Está prohibido el uso de vehículos particulares hasta el 28 de febrero.

Así mismo, la frontera permanecerá cerrada por lo que se suspende el transporte internacional de pasajeros por vía terrestre. No se encuentra comprendido en esta restricción el transporte de carga y mercancía.

-De las restricciones Focalizadas-

Hasta el 28 de febrero a nivel nacional, no se hará uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, de la zona de mar, ni de la ribera de ríos, lagos o lagunas. La realización de deportes acuáticos sin contacto y con distanciamiento físico o corporal no abarca la enseñanza de dichos deportes.

-Aforos-

Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos): 0%

Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 0%

Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 40%

Restaurantes y afines (zonas internas o al aire libre): 0%

Templos y lugares de culto: 0%

Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos: 0%

Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 0%

Peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillajes y otros afines: 0%

Enseñanza deportiva y cultural: 0%

Bancos y otras entidades financieras: 40%

Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 0%.

IMPORTANTE

En las actividades económicas señaladas en los cuatro (04) niveles de alerta, se podrán realizar transacciones por medios virtuales, entregas a domicilio (delivery) y recojo en local para el caso de restaurantes y afines. Asimismo, los establecimientos comerciales deben cerrar dos (02) horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción del nivel de alerta extremo, donde cerrarán como máximo a las 18:00 horas.

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