Mediante el Decreto Supremo N° 019-2021-MTC publicado hoy en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones amplió hasta el 2 de setiembre de 2021 el carácter educativo de las papeletas que se impongan a los ciclistas por infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito.
Por medio de este decreto se permitirá culminar con el desarrollo de los módulos para el ingreso de la información sobre las infracciones y sanciones al tránsito terrestre correspondiente a los ciclistas, así como continuar con las acciones de capacitación sobre las reglas que deben de tener en cuenta.
Además, se dispone la suspensión, hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia de los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 del “Procedimiento Administrativo de Otorgamiento del Beneficio de Tarifa Diferenciada de Peaje en la Red Vial Nacional No Concesionada y de Autorizaciones para la Circulación de Vehículos en la Red Vial Nacional”, aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 2020-MTC.
Estas medidas establecen requisitos especiales y autorizaciones de circulación que deben cumplir las actividades que generan alteración de la capacidad vial e interferencias en el tránsito en la Infraestructura Vial Pública de la Red Vial Nacional como el transporte de mercancía en vehículos especiales, transporte de mercancía especial, desplazamiento en convoy, entre otros.
En esa misma línea, el MTC presentó un Manual para ciclistas del Perú, en el que se especifica qué tipo usar, así como el uso de las vías y las infracciones.
De acuerdo con la normativa, la medida más grave es si el ciudadano maneja en estado de ebriedad, que sanciona al conductor con más de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre o por consumo de drogas. Se retiene también y se aplica una multa del 8% de una UIT, aproximadamente 352 soles.
Otra de las papeletas se otorga por desplazarse sin sistema de frenos y sonoro, así como láminas de material retroreflectante que permitan la visualización de la unidad. En este caso, la multa asciende 176 soles.
De igual manera, se prohíbe conducir una bicicleta de forma temeraria; es decir, manejar en vías no permitidas, adelantar vehículos, conducir con una mano o sin manos en el manubrio, llevar a personas cuando no hay asientos acondicionados, sujetarse de un automóvil para circular, ir en el sentido contrario de la vía y cruzar con el semáforo en luz roja. La sanción correspondiente por incumplir esta medida es de 88 soles.
Finalmente, si circulas por la acera o vereda, la sanción es de 0,5% UIT, que equivale a 22 soles.