TEMAS DEL DIA:

Coronavirus | Elecciones 2021 | Elecciones en Tacna | Vacunación | Salud | Tacna | Vizcarra | Pedro Castillo

Fiscalía investiga a Torres Robledo por un delito que en 2015 no existía

Share on facebook
Share on twitter
Share on pinterest
Share on whatsapp
Share on email
Share on facebook
Share on twitter
Share on pinterest
Share on whatsapp
Share on email

 

Alex Choquecahua, defensa legal del gobernador regional Luis Torres Robledo, anunció que este martes 11 será visto una tutela de derechos exigiendo ante el juez de investigación preparatoria que Fiscalía rectifique la imputación de organización criminal «Los limpios de Tacna» que refiere presunto tráfico de terrenos de cuando su defendido era alcalde provincial de Tacna.

«Se está vulnerando el principio de debido proceso porque se está investigando al ciudadano Luis Torres Robledo por un hecho que no calificaba como delito al momento de su comisión (…) nos referimos al delito de organización criminal», expresó sobre su cliente quien hoy se encuentra en detención domiciliaria.

Según el abogado, el caso nace el 18 de marzo de 2018, hace más de de 5 años y 1 mes, y ya este 24 de julio vence definitivamente todos los plazos de investigación preparatoria. Siendo, «uno de los delitos imputados organización criminal, ser cabecilla. Y lo que hizo los juzgados en su debido momento es considerar que no había fundado elemento de convicción de delito, no dijo que el delito no existe, pero Fiscalía persiste en que este delito existe».

«La Fiscalía imputa que desde enero de 2015 nació una organización en la Municipalidad Provincial de Tacna, siendo imputado Torres ser cabecilla de esta, pero el gran error de Fiscalía es que en 2015 no se encontraba vigente el delito de organización criminal, recién nace el 31 de octubre de 2016; es decir investigan a Torres Robledo por un hecho que en 2015 no existía».

Entonces, es solicitado que el juez requiera a Fiscalía medida ratificatoria para que haga una mejor adecuación siendo asociación ilícita el que debiera proceder . Así el fiscal a cargo «deberá sobreseer la causa por delito de organización criminal y si así lo decide adecuarlo por un delito menor».

La audiencia se realizará desde las 4:00 p. m.