Es en la audiencia de apelación, recurso presentado por la defensa técnica de Luis Roger Solís Palacios, que el doctor Ramos señaló que la sentencia, por agresión familiar que ostenta el regidor, no presenta debida motivación representando así una causal de nulidad. La sala tendrá que notificar la decisión dentro del plazo de ley.
Como se recuerda, Luis Roger Solís Palacios ostenta una sentencia por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud familiar en la modalidad de agresiones contra las mujeres o integrantes del grupo familiar cuya condena comprende la pena privativa de la libertad por un año con carácter de suspendida y el pago de una reparación de civil de 300 soles.
Por su lado, el fiscal Jesús Rojas Hurtado enfatizó que la apelación presentada “carece de sustento legal y jurisprudencial que la respalde”. Ante esto también puntualizó que no existiría afectación alguna a ningún derecho fundamental y que la medida -un año de pena privativa de la libertad suspendida- entró en vigencia el mismo día que fue emitida la sentencia (25 de agosto 2022).
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