El fiscal anticorrupción Ludwing Flores se mostró en contra de la prescripción del caso Proyecto Especial Tacna que tenía como imputado al exgobernador Tito Chocano (fallecido en 2022) y exfuncionarios – en total 8- sindicados de negociación incompatible desde 2012.
Advirtió la existencia de afectación económica al Estado por ende debería aplicarse la duplicidad del plazo más no cabría una prescripción por lo que anunció apelación respectiva una vez sea el despacho notificado de la resolución esperando que «la sala de segunda instancia pueda ver mejor el tema, el hecho de la afección patrimonial y podamos proseguir con la imputación de los señores», expresó a Radio Uno tras saber de la resolución dispuesta este 10 de julio.
«Era también imputado omisión de denuncia, pero ello ya ha prescrito y se sentenció a una persona por ello», acotó al mismo tiempo de aclarar que «el delito de negociación incompatible está en la Constitución que es un delito que se duplica y si bien la prescripción es una figura legal a final de cuentas no se ha podido determinar la inocencia o culpabilidad de los investigados, haciendo la salvedad que en un primer momento fueron sentenciados».
«En todo caso lo que debe mandar acá es la afectación económica (…) no es lo mismo un direccionamiento de un contrato CAS, pero acá estamos hablando de una afección de 4 millones de soles realizado por todo un conjunto de funcionarios, no puede tener la misma ponderación, y en ese marco debemos aplicar la duplicidad porque la idea de la duplicidad es no dejar impune aquellos actos realizados por funcionarios públicos que afecte el patrimonio del Estado«, agregó.
Han pasado más de 10 años y no se ha culminado, «el hecho ocurrió en 2012, pero el pronunciamiento del Ministerio Público se dio en 2016 e inclusive acusación efectuada por otro colega cuando por cuanto yo ni siquiera era fiscal (…) desde esa fecha en la actualidad es el Poder Judicial como institución que debería dar respuesta a un requerimiento acusatorio del Fiscal, entonces es ya dirección exclusiva del Poder Judicial el por qué desde 2016 no se emitía sentencia respecto a este hecho«, destacó.
Enfatizó que «el juez (…) así haya prescrito el hecho pudo haber impuesto una reparación civil por la afección económica que hubo, es otro hecho creo la Procuraduría en su momento va a impugnar (…) y estoy seguro la Procuraduría podrá formular si desea una nueva denuncia por otro delito que no haya prescrito».
Caso PET
El hecho nació a raíz de la venta de cinco camionetas de parte de C&C al PET en el 2009. El PET aplicó una penalidad al contrato argumentando retraso en la entrega, además de hacer público observaciones técnicas. En 2011, ambas instituciones fueron a un arbitraje por demanda de C&C, quien señaló hubo un perjuicio a su imagen. C&C ganó el arbitraje y el Tribunal Arbitral ordenó el pago de 3 millones 977 mil 958 soles.
El delito según la fiscalía se cometió en el pago del laudo. El consejo directivo del PET, presidido por Chocano, elaboró el 11 de octubre del 2012 el acta N.° 231 en la cual se estableció que el pago a C&C se realizaría en partes, usando el presupuesto para sentencias judiciales que tenía el PET. Sin embargo, se suscribió otra acta con el mismo número en el cual se acordaba que se le pagara lo antes posible a C&C. Y así fue, el 13 de diciembre se le pagó usando recursos de otros proyectos financiados con canon minero.
La tesis de la Fiscalía era que Chocano y sus funcionarios se habrían confabulado para favorecer a C&C y a toda costa, pasando por encima las normas establecidas para el pago de sentencias y laudos, le pagaron.
Declaran fundada prescripción de caso PET que implicaba a exgobernador Chocano