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Alberto Fujimori seguirá en prisión: declaran improcedente resolución del TC

ALBERTO FUJIMORI
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Alberto Fujimori seguirá en prisión. El juez Fernando Vicente Fernández Tapia, a cargo del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, decidió no ejecutar la liberación del exmandatario, quien purga su condena en el penal de Barbadillo.

Así, dispuso “declarar improcedente la ejecución de la sentencia (…) de fecha 17 de marzo del 2022, concretamente la libertad del favorecido Alberto Fujimori (…) por no haber sido estimada la demanda de habeas corpus ante este órgano jurisdiccional, careciendo de competencia conforme al último párrafo del último párrafo del artículo 27 del NCPCque, a la letra dice: “En los procesos de hábeas corpus las sentencias estimatorias las ejecuta el juez o la sala que la expidió, sin necesidad de remitir los actuados al juzgado de origen”.

Lea aquí «Resolución Ica»

Alberto Fujimori, condenado a 25 años de prisión por homicidio calificado y lesiones graves por los casos Barrios Altos y La Cantuta, permanece recluido actualmente en el penal de Barbadillo en el distrito de Ate, en Lima. En octubre del 2018, un juzgado de la Corte Suprema peruano declaró la no aplicación del indulto otorgado en el 2017, por lo que posteriormente fue reingresado al establecimiento penitenciario. Y desde entonces se han venido presentando recursos judiciales buscando su nueva excarcelación.

El último martes, se publicó una resolución del Tribunal Constitucional en la que se rechazaban dos pedidos de aclaración y, según indicó después ante los medios el propio presidente del tribunal, Francisco Morales, con ello se “despejaba” el camino para que el exmandatario Alberto Fujimori sea liberado.

Ello pues al haberse rechazado los pedidos de aclaración, correspondía entonces simplemente “ejecutar” una sentencia previa del marzo del 2022 —en la que sí se había entrado a analizar el tema de fondo—, de declaraba fundada una demanda de habeas corpus y se disponía la excarcelación inmediata del exmandatario.

Con su resolución del martes, además de rechazar los pedidos de aclaración, el TC también remitía todo lo actuado al juez de ejecución del habeas corpus “a fin de que proceda conforme a sus atribuciones”. Ensimisma, la resolución de apenas cinco páginas no era explícita respecto a la excarcelación del exmandatario, lo que lejos de aclarar la situación generó toda una polarización y debate jurídico respecto a si debía proceder o no.

Sobre todo porque en abril del 2022, luego de la emisión de la sentencia del TC a favor de Fujimori, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), como parte de un proceso de supervisión de cumplimiento, dispuso al Estado peruano “abstenerse” de ejecutarla debido a que se no habían cumplido con las “condiciones” establecidas previamente por la corte.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó el viernes su “preocupación ante la reciente decisión del TC que pudiera derivar en la liberación de Alberto Fujimori”, remitiéndose a la decisión del Corte IDH de abril del 2022.