Una nueva incertidumbre vivirá el juicio contra el clan de Los Gallegos –brazo armado del Tren de Aragua–, que se iniciará a partir de este lunes 22 de abril en el Tribunal de Arica. Ello, a raíz de diversas solicitudes hechas estas dos últimas semanas por la Defensoría Penal Pública, para revisar, previo a los alegatos de apertura del proceso, si es factible modificar la prisión preventiva que afecta a varios de los 37 acusados que se encuentran en distintos penales del país, concediendo su libertad bajo medidas menos intensas para su resguardo.
De prosperar el requerimiento de la Defensoría, este podría provocar un gran inconveniente: la inhabilidad en el juicio de los tres jueces orales asignados, Sara Pizarro Grandón (presidenta), Sergio Álvarez Cáceres y Óscar Huenchual Pizarro (redactor), al incurrir en lo que, a nivel judicial, se llama coloquialmente la “contaminación” de los magistrados, por haber tenido conocimiento previo de materias de fondo de un juicio y que les impide tener imparcialidad para impartir justicia.
En rigor, si los tres magistrados revisan previamente una o todas las prisiones preventivas de los acusados, automáticamente quedarían fuera del proceso antes de iniciarse el alegato de apertura del Ministerio Público, por la aplicación de una causal de implicancia prevista en el artículo 195, numeral 8°, del Código Orgánico de Tribunales. La normativa chilena señala que un magistrado puede perder su competencia por “haber el juez manifestado su dictamen sobre la cuestión pendiente, con conocimiento de los antecedentes necesarios para pronunciar sentencia”.
Esta situación se produciría por el hecho de que el procedimiento de revisión de la prisión preventiva obliga a los jueces a conocer materias sobre tres conceptos básicos que dicen relación con el fondo: existencia del delito, participación en la comisión del delito y la peligrosidad del involucrado para el proceso.
Contradicción vital
Es indiscutible que los imputados que se encuentran en prisión preventiva tienen el derecho a que, si surgen nuevos antecedentes, se pueda modificar la medida por una menos intensa, que signifique su libertad, pero bajo ciertas condiciones para evitar su fuga.
Según el artículo 145 del Código Procesal Penal, tienen derecho a la sustitución de la prisión preventiva y revisión de oficio, al señalar que “en cualquier momento del procedimiento el tribunal, de oficio o a petición de parte, podrá substituir la prisión preventiva”, y agrega que “transcurridos seis meses desde que se hubiere ordenado la prisión preventiva o desde el último debate oral en que ella se hubiere decidido, el tribunal citará de oficio a una audiencia, con el fin de considerar su cesación o prolongación”.
Lo llamativo de este requerimiento es la oportunidad en que lo hace la Defensoría Penal Pública, es decir, justo al iniciarse un juicio oral, donde el Ministerio Público está solicitando 11 penas de presidio perpetuo, además de otras que suman más de 200 años de prisión para los restantes, y cuando ya la prueba fue rendida en su totalidad y no existe posibilidad para sumar nuevos antecedentes.
La modificación de la prisión preventiva de una parte de los acusados podría, sin duda, abrir la puerta para que alguno de los 38 acusados pueda fugarse, considerando que 34 de ellos son de nacionalidad extranjera.
Por lo mismo, cabe la pregunta sobre los fundamentos que sostendrá la Defensoría Penal respecto de cuáles son las condiciones nuevas que exhiben los acusados, que hacen meritorio ponerlos en libertad y bajar la intensidad de su resguardo. Ello, considerando que en el mismo expediente electrónico N°8118-2021, del Juzgado de Garantía de Arica, existen sucesivos reportes de Gendarmería de Chile que dan cuenta de medidas disciplinarias a varios de ellos, por protagonizar grescas en los penales o mantener celulares u otros artículos prohibidos en sus celdas.
¿Revisar para inhabilitarse?
La revisión de las prisiones preventivas se enfrentará a dos escenarios: por un lado, los tres magistrados tendrán que votar si se involucran en el debate, sabiendo que quedarán inhabilitados para seguir en el juicio; y, por otro, tendrán la opción de ordenar la constitución de una Sala alternativa, como se estila en otros tribunales del país, para no “contaminarse”.
Esta decisión, sin duda, desafiará nuevamente a los jueces Sergio Álvarez Cáceres y Óscar Huenchual Pizarro, quienes debieron ser obligados a través de resoluciones de la Corte de Apelaciones de Arica a integrar la Sala para este juicio. En sus manos estará nuevamente la posibilidad de zafar de este incómodo proceso, en caso de que decidan analizar las solicitudes de la Defensoría. Dicha entidad impulsó incidentes en febrero y marzo, para que ambos no integraran dicha Sala, los cuales finalmente fueron rechazados por el tribunal de alzada por no tener fundamentos jurídicos.
También resulta una interrogante el voto de la jueza presidenta de la Sala, Sara Pizarro Grandón, quien, desde que fue nominada como tal, optó por no inhabilitarse y no se registran incidentes promovidos por las partes para sacarla del proceso.
Si los jueces optan por revisar las prisiones preventivas, el Tribunal Oral deberá conformar una nueva Sala que se haga cargo del juicio. Este escenario obligaría a pesquisar cuántos jueces no están inhabilitados en este tribunal, dado que algunos ya lo están por haber prestado servicios auxiliares al Juzgado de Garantía y haber visto algunos incidentes de fondo de la causa. De no existir jueces disponibles, el tribunal deberá solicitar el reemplazo con alguno del Juzgado de Garantía de Arica, donde, al parecer, no habría ninguno disponible, debido a que la dotación completa habría intervenido en esta causa mientras se realizaba la investigación del Ministerio Público. Como opción quedaría requerir el apoyo de un tribunal de otra región, para habilitar la Sala, lo que demoraría nuevamente el inicio de este juicio.
Sobre la postura que tendrá el Ministerio Público ante la solicitud de la Defensoría Penal Pública, el Fiscal Regional de Arica y Parinacota, Mario Carrera Guerrero, confirmó que “la Defensoría solicitó la revisión de la prisión preventiva de la mayoría. Nosotros pediremos que se deje esa discusión para el final del juicio o, bien, se nombre a tres jueces diferentes para ese debate”.
Amparo en la Suprema
Paralelamente a la apertura del juicio oral, se verán este lunes en la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema los tres recursos de apelación interpuestos por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en representación de Gendarmería de Chile, Ministerio Público y Ministerio del Interior. Las acciones fueron interpuestas para impugnar el fallo de la Corte de Apelaciones de Arica, que dispuso que 19 de los acusados recluidos en distintas cárceles del país fueran trasladados a Arica, para participar de manera presencial en el juicio.
Si bien la Suprema acogió una orden de no innovar, que paralizó la resolución del tribunal de alzada, hoy se resolverá el fondo de los tres recursos, lo que implicará mantener la decisión de la Corte de Arica o ratificar la decisión del Tribunal Oral de dicha ciudad. Este último, el 5 de abril pasado y por razones de seguridad, dada la peligrosidad de esta organización criminal, estableció el modo telemático para los 37 acusados que están privados de libertad en este caso.
(Fuente: periodista Ximena Astudillo)