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Congreso aprueba reelección inmediata de alcaldes y gobernadores regionales

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El dictamen fue propuesto por 91 votos para modificar los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú. Pero al tratarse del texto de la reforma constitucional, la propuesta deberá ser aprobada en una segunda votación en la próxima legislatura ordinaria. El documento también recibió 25 votos en contra y tres abstenciones.

Sin embargo, la propuesta también incluye una enmienda de última hora al artículo 35 de la Carta Magna, utilizando un texto alternativo que elimina, en la práctica, a los movimientos regionales al no mencionarlos en dicho apartado.

El pronunciamiento, que inicialmente contó con el respaldo de la presidenta del Consejo Constitucional, Martha Moyano, se basó en una recopilación de seis proyectos de ley presentados hace unos meses por parlamentarios del Partido Poder Popular, Avanza País y Alianza Para el Progreso.

La presidenta del Consejo Constitucional dijo en su intervención que tanto la Comisión Nacional Electoral (JNE) como la Oficina del Proceso Electoral Nacional (ONPE) consideran «legal» la propuesta de reelección de los gobiernos locales. «posible» en declaraciones.

Es preciso señalar que la no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes rige en el Perú desde el año 2015 tras realizarse cambios en la Constitución. Esta es la ley no. 30305, que luego fue firmada y promulgada por el Presidente de la República, Ollanta Humala, Ana María Solórzano, como titular del Congreso, y otros.

Todos menos Güisa

La otra cara de la moneda. Todos menos el alcalde Pascual Güisa estuvieron en la presentación de patrulleros y maquinaria