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TC reitera que Convenio 169 de la OIT tiene rango constitucional

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El Tribunal Constitucional recordó hoy que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que otorga el derecho a la consulta a los pueblos indígenas, tiene rango constitucional por tratarse de un tratado internacional de derechos humanos, y señaló que su aplicación es obligatoria para todas las entidades estatales.

Con ocasión del Día Mundial de las Comunidades Indígenas, este organismo indicó que en aplicación del Código Procesal Constitucional, los tratados sobre derechos en general, y el Convenio 169 en particular, complementan las disposiciones sobre pueblos indígenas con las que tengan relación.

Asimismo, recordó que la propiedad comunal de los pueblos indígenas no puede fundamentarse en el enfoque clásico de “propiedad”, sobre el que se basa el Derecho Civil, pues para ellos la tierra no constituye un bien económico, sino un elemento fundamental, con componentes de carácter espiritual, cultural, social, etc.

En sus tierras, los pueblos indígenas desarrollan sus conocimientos, prácticas de sustento, creencias y formas de vida tradicionales que transmiten de generación en generación, precisó.

El pronunciamiento del Tribunal Constitucional se emitió a través de una nota de prensa donde informa que se declaró improcedente la  demanda de inconstitucionalidad del ciudadano Gonzalo Tuanama Tuanama.

Dicho ciudadano presentó la demanda contra el Decreto Legislativo Nº 994 que  promueve la inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación de la frontera agrícola.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) señala que las poblaciones indígenas están consideradas como uno de los grupos más desfavorecidos del mundo.

Hay por lo menos 5 mil grupos indígenas, compuestos de unos 300 millones de personas, que viven en más de 70 países de cinco continentes, precisa la ONU.

Cada 9 de agosto se celebra el Día Mundial de las Comunidades Indígenas.

Cortesía: Andina