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Gobierno de Dina Boluarte plantea excluir 88 delitos de ley de detención preliminar

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En medio de la crisis de inseguridad ciudadana y el aumento de la criminalidad en el país donde, según el Sistema Informático Nacional de Defunciones (Sinadef), se registraron 13 asesinatos diarios durante los primeros días de enero, el Ejecutivo ha observado el proyecto de ley sobre detención preliminar en casos de no flagrancia. La propuesta incluye un aumento de la pena mínima de 4 a 8 años, lo que excluye al 65% de los delitos que antes calificaban para esta medida, entre ellos los relacionados con corrupción, crimen organizado, explotación sexual, pornografía infantil, tráfico de órganos y trabajo forzoso.

Ricardo Valdés, director ejecutivo de CHS Alternativo, explicó que en diciembre pasado, el Congreso eliminó la detención preliminar sin flagrancia. Sin embargo, ante la presión pública intentó restablecerla mediante el proyecto de ley 9733/2024-CR. En el último día del plazo para que el Ejecutivo se pronunciara sobre la autógrafa de esta iniciativa, la observó proponiendo un aumento en la pena mínima requerida.

“Esto quiere decir que la detención preliminar solo se aplicará en casos de delitos muy graves. De los 135 delitos que calificaban para la detención preliminar, solo se aplicaría en 47 tipos penales, dejando 88 delitos fuera. Ello es sumamente grave, ya que, en situaciones como el atentado ocurrido en la sede de la Fiscalía en Trujillo, por ejemplo, no se podría aplicar la detención preliminar aunque se detuviera hoy a los autores del delito, porque actualmente no hay detención preliminar sin flagrancia”, advirtió Valdés.

DELITOS EXCLUIDOS

Según la observación del Ejecutivo, además de los delitos contra la dignidad humana, quedarían fuera del alcance de la detención preliminar otros crímenes como homicidio simple, lesiones graves, violencia contra la mujer, violación sexual mediante engaño, acoso sexual a menores, favorecimiento a la prostitución, rufianismo, proxenetismo, tráfico ilícito de migrantes y formas agravadas de usurpación.

Asimismo, también quedarían excluidos delitos como minería ilegal, tráfico de productos forestales, apología del terrorismo, participación en bandas criminales, integración a grupos armados liderados por extranjeros, soborno internacional, cohecho activo y pasivo, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito y negociación incompatible, entre otros.

El director ejecutivo de CHS Alternativo señaló que, aunque el Ejecutivo argumenta que la propuesta de elevar la pena mínima para la detención preliminar sin flagrancia a 8 años busca reforzar la presunción de inocencia y evitar confusiones entre la detención preliminar y la prisión preventiva, en la práctica esta medida favorece nuevamente a la inseguridad ciudadana, la corrupción y el crimen organizado.

(Con información de Inforegion)