En atención al caso de persecución policial que acabó en muerte este miércoles 28 en Tacna, Raúl Ghampier Machaca Ramos, abogado y expolicía de investigaciones explicó que el uso de arma de fuego está regulado para los efectivos policiales por el decreto legislativo n° 1186 y su reglamento que está en el decreto supremo n°12-2016 y recientemente aprobado por el Congreso con al ley n° 32291 en abril de este año.
«En casos de flagrancia delictiva cuando está en peligro la vida de un agente o un tercero, pero sin embargo el disparo sigue siendo el último recurso. La ley no anula los principios esenciales que se debe de cumplir como el principio de legalidad, como de necesidad y razonabilidad», mencionó.
Explicó dando un claro ejemplo; «Si soy un policía de Ciudad Nueva y estoy patrullando por las calles y un sujeto saca un cuchillo y corre hacia una persona con una clara intensión de atacar, ahí sí puedo disparar. La amenaza es letal y actual y no tengo otra forma de proteger una vida, pero si este sujeto huye desarmado y se halla reducido por mis compañeros no tengo derecho legal a dispararle, pero si lo hago en este caso estaría incurriendo en uso excesivo de la fuerza y puedo terminar investigado penalmente o administrativamente».
Como se recuerda, en horas de la madrugada una furgoneta de placa chilena con dos varones abordo desató una tenaz persecución hasta llegar a una trocha carrozable a Palca donde uno de los ocupantes murió abatido por la PNP, siendo hallado su cuerpo a unos 30 metros de la unidad que presentaba hasta 7 disparos. En tanto, la fiscal a cargo confirmó que abordo no había mercadería de contrabando, pero sí se advertía dicho delito dado que el carro no contaba con ingreso legal al país. Por su parte la familiares del occiso y el sobreviviente advirtieron abuso policial. El caso sigue en investigación.