El Poder Judicial sentenció a Julio Neyra Pinto, Miguel Mesa Muñante y Ana Estevez Huanca, personal de Essalud Tacna por el delito de homicidio culposo, en el caso del niño Fabiano R. R. de 04 años de edad, quien falleció en 2019.
La investigación inició en marzo del 2019, tras el deceso del menor en el hospital Daniel Alcides Carrión de EsSalud. Luego de un largo proceso judicial, el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal dispuso sanción por haberse probado la responsabilidad penal, imponiéndoles un año de pena privativa de la libertad suspendida por el mismo plazo.
Además, se decidió reservar el fallo de condena por el periodo de prueba de un año, sujeto a reglas de conducta como la prohibición de ausentarse de su lugar de residencia o variar de domicilio sin autorización del juzgado, comparecer al local del juzgado de forma personal y obligatoria cada mes, iniciando al mes siguiente de quedar firme y consentida la sentencia, no cometer nuevo delito doloso de la misma naturaleza, reparar el daño ocasionado, pagando la reparación civil.
En caso de incumplimiento de algunas de las reglas de conducta se procederá a revocar la suspensión de la ejecución de la pena e inhabilitación de la profesión.
Asimismo, se ordenó el pago de una reparación civil de S/134,075.8 soles, cuyo monto deberán ser pagados solidariamente por los sentenciados; así como por Héctor L. T.C. y el Seguro Social de Salud– EsSalud, Hospital III Daniel Alcides Carrión de la Red Asistencial de Tacna.
Sin embargo, que el Poder Judicial absolvió a los investigados, Juan J.C. D., Juan .J. C. C. y Héctor L.T.C., por lo que el Despacho Fiscal evalúa una posible apelación en cuanto a la absolución, la reserva de fallo de condena y la inhabilitación del personal de EsSalud.
Es preciso indicar que la defensa técnica de los procesados se encuentra dentro del plazo para impugnar la sentencia emitida el 17 de junio del 2025.