El Ejecutivo promulgó este lunes 22 de setiembre la Ley N° 32446 que modifica el Código Penal e incorpora el delito de criminalidad sistemática. La norma fue oficializada con su publicación en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. De este modo, queda establecido que quienes cometan delitos tipificados como secuestro, extorsión, homicidio calificado y robo agravado podrán recibir la pena de cadena perpetua.
Consultado por el tema, el abogado penalista Alex Choquecahua si bien saludó la promulgación, advirtió un «error de técnica legislativa» que – dijo- podría volver ineficaz la aplicación de la norma, pues el problema radica en el uso del término «y» (conjunción copulativa) al enumerar los cinco delitos, cuando debió haberse utilizado el término «o» (disyunción).
«Debió ser: secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado ‘o’ robo agravado; no ‘y’ robo, porque esta conjunción va a generar el problema de que deba cometerse estos cinco delitos como finalidad para que pueda reprimirse y considerarse esta conducta como terrorismo urbano», explicó.
Según el especialista, esta redacción forzará a que jueces y fiscales interpreten que la finalidad del agente delictivo debe ser la comisión de los cinco delitos en conjunto (secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado y robo agravado) para que proceda la condena a cadena perpetua. Y acreditar los cinco delitos como finalidad del delincuente será «imposible». Los operadores del derecho deben aplicar las normas conforme a los principios penales, especialmente el principio de legalidad (ley escrita), y no pueden entender un error de forma tácitamente.
Un ejemplo del riesgo es que, si un delincuente es detenido dejando dinamita, el fiscal podría solicitar prisión preventiva, pero el juez podría ordenarle la libertad argumentando que el tipo penal exige la comisión de los cinco delitos y, por ende, el caso «no calza».
Para Choquecahua no cabe duda de que el Congreso tendrá que emitir «cuanto antes una «fe de erratas» en el diario oficial para enmendar este error de redacción y modificar la conjunción ‘y’ por ‘o’. Este no es el primer caso de «metida de pata» legislativa; el Congreso cometió un error similar en diciembre del año pasado que tuvo derogada la figura de la detención preliminar judicial por casi cuatro meses.
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