TEMAS DEL DIA:

Coronavirus | Elecciones 2021 | Elecciones en Tacna | Vacunación | Salud | Tacna | Vizcarra | Pedro Castillo

Suspenden captura de jurel en todo el litoral peruano a partir de hoy

Share on facebook
Share on twitter
Share on pinterest
Share on whatsapp
Share on email
Share on facebook
Share on twitter
Share on pinterest
Share on whatsapp
Share on email

A través de una Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción se dio a conocer esta disposición que rige en todo el litoral peruano a partir de hoy. Sector informó que decisión se debe a que se ha alcanzado el límite de captura.

A partir de hoy no se podrá pescar jurel en todo el litoral peruano

Mediante la Resolución Ministerial 055-2012 del Ministerio de la Producción (PRODUCE) se oficializó que a partir de las 00:00 horas de de hoy, quedarán totalmente suspendidas las actividades extractivas del recurso jurel (Trachurus murphyi) en todo el litoral peruano.

Según el documento del PRODUCE, esta disposición se adoptó al haber alcanzado el límite de captura de la especie, ascendente a 40 mil toneladas, correspondiente al primer trimestre del año 2012.

“El Produce tomó esta decisión luego de recibir el Reporte de la Pesquería de Jurel y Caballa en el Litoral Peruano elaborado por el Instituto del Mar del Perú (IMARPE)”, dijo el sector.

En ese sentido, el Ministerio de la Producción publicó esta mañana la Resolución Ministerial N° 055-2012-PRODUCE donde se refiere que los armadores de embarcaciones pesqueras que se encuentren capturando jurel en las costas, tendrán un plazo de dos días calendarios para el desembarque. De la misma forma, los establecimientos industriales pesqueros tendrán un plazo de cuatro días calendarios para procesar su stock de jurel.

“Quienes incumplan esta normativa serán sancionados conforme al Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas – RISPAC,  normas concordantes, complementarias y ampliatorias”, refiere la Resolución Ministerial.

Las direcciones generales de Extracción y Procesamiento Pesquero y de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, así como las direcciones regionales o gerencias regionales con competencia pesquera, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de esta disposición.

IMARPE

“Es importante mencionar que el Instituto del Mar del Perú efectuará la evaluación población del recurso jurel, con el propósito de recomendar las medidas y acciones de ordenamiento pesquero necesarias quedando exceptuado de los alcances de la presente Resolución Ministerial”, indica la norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

CLICK AQUÍ PARA LEER RESOLUCIÓN