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Denuncian irregularidades en sanción impuesta por la MPT

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Propietaria de local en Tacna alega que multa de más de 6,000 soles es nula, tras revelar que equipos de medición no cuentan con certificados vigentes de Inacal y que supervisores no tenían vínculo laboral.

Sandra Villanueva, propietaria del local Santa Rita VIP ubicado en la Av. Deustua 177 a un costado de la Reniec, ha presentado una denuncia ante la Oficina de Control Interno (OCI) y ha apelado una sanción impuesta por la Municipalidad Provincial de Tacna (MPT) por presuntas irregularidades, falsedad y abuso de autoridad en un proceso de fiscalización que resultó en una multa que supera los 6,000 soles.

La intervención, realizada por fiscalizadores de la MPT el 7 de septiembre de este año, culminó con una multa por alto volumen y por la presunta presencia de personas consumiendo dentro del local. Sin embargo, Villanueva sostiene que la información es falsa, ya que su establecimiento se encontraba cerrado al público y en proceso de limpieza a las 2 de la mañana, hora aproximada de la intervención. La denunciante cuenta con pruebas de cámaras de seguridad para demostrar que el local estaba vacío.

Una de las principales faltas denunciadas radica en los instrumentos utilizados para medir el ruido. La MPT adjuntó en su informe que la medición se realizó con un sonómetro Larson Davis LXT1005915. Para justificar su uso, anexaron un certificado de calibración (LAC 068 2025) y un informe de calibración (LAC 032 2025).

No obstante, Villanueva verificó en la plataforma de Inacal (Instituto de Calidad) que los certificados adjuntados no existen y no coinciden con la serie del sonómetro usado en la intervención. Además, la denunciante descubrió que el código LAC 032, presuntamente de la MPT, corresponde a un sonómetro de la Municipalidad de Loreto Nauta. Sin un certificado válido, cualquier medición es nula.

Otra grave irregularidad es la situación laboral de los supervisores. Villanueva solicitó, mediante la ley de transparencia, los contratos y CV de los fiscalizadores. Se constató que la «ingeniera Rosalía» solo había trabajado de mayo a julio, y los «ingenieros Choque y Ortega» tenían contratos que finalizaban en abril o mayo. Dado que la intervención fue en septiembre, los supervisores no tenían vínculo laboral con la municipalidad en ese momento, lo que constituye la primera falta que anula la intervención.

Adicionalmente, la propietaria del local fue multada por la falta de permiso para un letrero publicitario, una sanción que la sorprendió y que, según su criterio, debería haber sido precedida por una amonestación.

Villanueva expuso su caso en una audiencia pública ante el gerente municipal, Jonatan Ríos, buscando una solución. La respuesta del gerente, según la denunciante, fue que ella podía «agotar las vías administrativas hasta el último y poder denunciarme a mí».

La denunciante ha formalizado la apelación de la multa y la denuncia ante la OCI, esperando una respuesta en un plazo de 10 a 15 días hábiles. Villanueva lamentó que su participación como la primera expositora en la audiencia pública fuera eliminada de la transmisión de video de la MPT. La afectada considera que la actuación municipal configura delitos tipificados en el Código Penal, como fraude procesal, abuso de autoridad, falso testimonio y falsificación ideológica.

«Que estén haciendo mediciones sin certificación es un delito ya y se caería todas las supervisiones que han hecho en Tacna y ese es un delito y es muy grave», manifestó la denunciante.

 

(Foto: En cámara de video del negocio de la agraviada no se observa personas consumiendo licor tal como aduce la MPT para su sanción)

Según la denunciante, la MPT eliminó de redes audiencia donde ella advirtió al gerente Jonatan Ríos de las irregularidades en la sanción y este no le dio solución al caso; le respondió que ella podía agotar las vías administrativas o incluso denunciarlo a él.

Apelación presentada por la denunciante ante la MPT y documento cursado a OCI.