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Denuncia de Ollanta Humala contra jueces «no va a tener futuro» en el ámbito penal

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El abogado Hans Ríos analizó la situación legal de los magistrados Max Oliver Vengoa Valdiglesias, Juana Caballero y Nayko Coronado, quienes enfrentan una investigación fiscal por presunto abuso de autoridad tras dictar prisión efectiva contra el expresidente Ollanta Humala. El especialista aclaró que, si bien la Fiscalía puede investigar a magistrados, las acciones cuestionadas en el adelanto de sentencia contra el expresidente constituirían una falta funcional y no un delito.

Ríos confirmó que es jurídicamente factible que la Fiscalía investigue a jueces cuando emiten resoluciones que no se ajustan al marco legal. No obstante, precisó un detalle fundamental sobre la jerarquía del proceso: la competencia recae exclusivamente en un fiscal superior y no en un fiscal provincial, debido al nivel de los magistrados denunciados.

A pesar de la apertura de estas diligencias preliminares por delitos de prevaricato y abuso de autoridad, el especialista fue enfático al señalar que, en su opinión, esta denuncia «no va a tener futuro».

El núcleo de la controversia radica en que los jueces ordenaron la detención inmediata de Humala bajo un «adelanto de fallo», antes de que la sentencia fuera notificada íntegramente por escrito. Ríos explicó que, aunque una sala superior enmendó esto mediante un habeas corpus —estableciendo que la ejecución de la pena requiere la notificación escrita total—, este error de procedimiento no constituye un delito,.

«Esa actuación que tuvieron los jueces… considero de que no constituye un delito. Puede ser, en su peor defecto, una falta funcional, pero no llega a los extremos de abuso de autoridad o prevaricato», afirmó el letrado.

Finalmente, Ríos defendió la potestad de los jueces para dictar prisión efectiva sin necesidad de esperar una confirmación de la sala penal superior. Recordó que el Código Penal permite la privación de libertad y que la decisión de que una pena sea efectiva o suspendida depende de la motivación del juzgado.

«El criterio de los jueces de emitir una condena efectiva no vulnera ningún derecho ni principio; por el contrario, está dentro de los márgenes legales», concluyó, reiterando que el problema fue estrictamente el momento de la detención sin el sustento escrito.