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Publican reglamento de Ley 27688 de la Zona Franca y Comercial de Tacna

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Hoy en la sección de Normas Legales del diario oficial El Peruano fue publicada la modificación del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley 27688, ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, cuya Ley 29739, promulgada el 06 de julio del 2011, modificó nueve artículos de la Ley27688. Esta publicación trajo cambios favorables para la operatividad del sistema de ZOFRATACNA.

Según el comité de Administración de la Zona Franca y Comercial de Tacna, uno de los puntos más importantes de está modificatoria radica en la vigencia de la ley, que actualmente tiene una duración sólo hasta el 2022, y ahora se  ha ampliado a 30 años, computados desde la entrada en vigencia de la presente ley.

También está el ingreso de productos elaborados en la ZOFRATACNA con arancel cero al resto del territorio nacional, haciendo más competitivas las industrias instaladas en ZOFRATACNA.

A partir de la entrada en vigencia de la presente ley,  el ingreso de mercancías a través del Complejo Fronterizo Santa Rosa, sujetas al Régimen Simplificado tiene una vigencia de 30 años, esto es muy favorable para los usuarios de esta actividad comercial ya que con la ley actual este ingreso estaba permitido solo hasta el 2013.

Los insumos químicos fiscalizados podrán ingresar libremente a ZOFRATACNA, siendo esto muy favorable ya que algunos de estos insumos son utilizados en la industria, y que por esta prohibición se hacía imposible que estas empresas se instalen en ZOFRATACNA.

También se ha simplificado el traslado de mercancías provenientes de cualquier punto aduanero del territorio nacional, eliminando trámites como la D.U.A de tránsito y la carta fianza.

Las mercancías cuyo destino es la Zona Comercial de Tacna podrán ingresar desde cualquier sitio del Puerto de Arica, así como las provenientes de Bolivia y Brasil.

Asi también las mercancías producidas en ZOFRATACNA podrán ser comercializadas en la zona comercial exoneradas de impuestos pagando el único arancel de 6%.

Las empresas instaladas en cualquier ciudad del país, podrán acogerse a los beneficios del sistema de ZOFRATACNA sin el requisito de cambiar su Domicilio Fiscal a la ciudad de Tacna.

Las mercancías que lleguen al aeropuerto Carlos Ciriani de Tacna con destino a la Zona Comercial de Tacna, podrán someterse al régimen de trasbordo, facilitando así el ingreso de marcancias provenientes de cualquier parte del mundo que hagan trasbordo en el Aeropuerto Internacional Jorge Chavez de Lima y en un vuelo comercial puedan llegar a Tacna.

Se ha incluido también un Régimen de Suspensión en el pago de derechos e impuestos de aduanas para los materiales de construcción que las empresas soliciten para su proceso de implementación e instalación en ZOFRATACNA, dismunuyendo sus costos y haciendo mas atractiva nuestra ZONA Franca para que inversionistas se decidan por construir grandes plantas para desarrollar actividades industriales de envergadura que den trabajo y desarrollo a nuestra Región.

Esta modificación al Reglamento entrará en vigencia a los treinta días hábiles, computados a partir del día siguiente de su publicación, tiempo en el cual el Comité de Administración de la ZOFRATACNA, hará las coordinaciones pertinentes con la SUNAT para su correcta aplicación.