La Municipalidad Provincial de Tacna (MPT) cuenta con herramientas legales para cancelar las autorizaciones de empresas de transporte público que incurran en faltas reiteradas, como maltrato a los pasajeros al imponer el tarifazo de S/1.50, abandono de ruta e incumplimiento de horarios. Así lo advirtió el abogado Bladimir Figueroa, quien exigió al ejecutivo municipal aplicar las sanciones previstas en la normativa.
El letrado participó como representante legal de dirigencia social que este viernes 9 sostuvo reunión con funcionarios de la MPT, Indecopi y Defensoría del Pueblo. En la cita realizada en la comuna provincial se informó que entre enero y septiembre de 35 intervenciones, 200 resoluciones de sanción administrativa y 85 multas. Las rutas 101 y 203 concentran la mayor cantidad de denuncias, seguidas por las rutas 90, 300, 14 y 1.
Una nueva reunión se realizará este lunes 12, a las 9:00 a. m., en el Salón Consistorial donde la Subgerencia de Transporte presentará un informe, para ello se mencionó que los usuarios pueden reportar maltratos sufridos en el transporte público mediante el WhatsApp Municipal 986 912 433, adjuntando videos en los que se identifique la placa de la unidad y el horario del hecho. El material será incluido en el reporte a ser presentando en los siguientes días.
El asesor legal de la sociedad civil remarcó durante su exposición en la MPT, que las empresas no son propietarias de las rutas, sino que reciben autorización municipal para operar dentro del plan regulador. Por ello, sostuvo que las infracciones al servicio pueden dar lugar a sanciones que van desde multas hasta el retiro de las autorizaciones.
“Si bien pueden considerar que son dueños de la ruta, no es así. La Municipalidad Provincial de Tacna les autoriza para que puedan operar determinadas rutas que están en el plan regulador. Si no lo hacen, son pasibles de sanción”, manifestó.
Figueroa precisó que existen niveles de responsabilidad; uno para las empresas de transporte, y otro para los conductores. En el caso de los choferes, indicó que la reincidencia en las infracciones puede justificar el retiro de su autorización, además de recordar que deben someterse a evaluaciones anuales.
Entre las malas conductas figuran el maltrato a los pasajeros y la negativa a recoger escolares, situaciones que, según el abogado, deben ser atendidas mediante acciones concretas de fiscalización y sanción. De igual forma afirmó que el servicio debe operar desde las 5:30 a. m. hasta las 11:00 p. m.; por tanto, retirar los vehículos a las 9:00 o 10:00 p. m. podría constituir abandono del servicio y dar lugar al retiro de la autorización, de acuerdo con el procedimiento correspondiente.
También afirmó que el pago de una multa no pone fin a toda responsabilidad de la empresa. Aclaró que el abono no elimina la infracción ni impide que los antecedentes sean considerados ante una eventual reincidencia.
“El pago es la conclusión de la sanción pecuniaria. Lo que ocurre es que la sanción pecuniaria tiene un incentivo por pronto pago, pero la sanción ya está impuesta”, explicó.
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