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MEM y Gobiernos Regionales emitirán certificado de operación minera excepcional

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En el marco de sus competencias, el Ministerio de Energía y Minas para el caso de Lima Metropolitana, o los gobiernos regionales en el ámbito de su respectiva jurisdicción, serán los encargados de emitir el Certificado de Operación Minera Excepcional de Uso de Explosivos y conexos a los mineros que se encuentren en proceso de formalización.

Así lo dispone el Decreto Supremo Nº 046-2012-EM, promulgado por el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, y refrendado por los titulares de Energía y Minas, Interior y  Defensa.

Dicho certificado será entregado a las personas naturales o personas jurídicas, o grupos de personas organizadas para ejercer la mencionada actividad, que hayan iniciado el proceso de formalización, conforme a lo dispuesto en los artículos 4 y 5 del Decreto Legislativo Nº 1105.

Según  precisa la norma, cuando exista un grupo de personas organizadas para ejercer la actividad minera, se presentará mediante la figura del consorcio; entendiendo por esta denominación  a toda agrupación contractual de personas naturales y/o personas jurídicas que hayan presentado de manera individual sus declaraciones de compromisos y que se agrupan exclusivamente con la finalidad de adquirir explosivos.

Ellos deben cumplir con los requisitos necesarios para obtener la autorización excepcional de uso de explosivos y conexos a mineros en proceso de formalización.

No obstante, cada integrante del consorcio mantiene su autonomía tributaria pero asume de manera solidaria las obligaciones y derechos relacionados con la adquisición de explosivos, traslado, almacenamiento y uso de los mismos y conexos.

La norma señala también que podrán agruparse en consorcios sólo los sujetos de formalización que se encuentren en el estrato de productores mineros artesanales.

El Certificado de Operación Minera Excepcional tendrá una vigencia de seis meses, pudiendo ser renovado por periodos similares, siempre y cuando el sujeto en proceso de formalización acredite la suscripción del contrato de explotación con el titular de la concesión minera o acredite acciones destinadas a la suscripción de dicho contrato.

Para solicitar el Certificado de Operación Minera Excepcional, el interesado debe identificarse como sujeto de formalización, presentar la identificación de la concesión minera o petitorio y de las coordenadas UTM donde se encuentran las labores, el código único del Registro Nacional de Declaraciones de Compromisos. En caso de presentación de los planos de labores, estos deberán estar suscritos por un ingeniero de minas o geólogo colegiado y habilitado. En caso de los croquis, deberán estar  suscritos por el sujeto a formalizar.

Vía extranet

La solicitud de Certificado de Operación Minera Excepcional para productor minero artesanal y pequeño minero productor se realizará mediante formularios electrónicos vía extranet del Ministerio de Energía y Minas. Dichos formularios electrónicos serán aprobados por resolución de la Dirección General de Minería y publicados en la extranet del Ministerio.

El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC), otorgará la Autorización Excepcional de Uso de Explosivos a Mineros en Proceso de Formalización.

Sanciones

De comprobarse que los explosivos son comercializados o dirigidos para actividades distintas al objeto del proceso de formalización minera, se procederá a la cancelación del Cerificado de Operación Minera Excepcional y de la Autorización Excepcional de Uso de Explosivos a Mineros en Proceso de Formalización.

De verificarse que los explosivos y conexos son dirigidos para la comisión de ilícitos penales, se procederá además a la cancelación de la Declaración de Compromisos del sujeto de formalización.