El Tribunal Constitucional continúa dándole la razón a los trabajadores que fueron despedidos injustificadamente de la EPS. Anoche emitió la sentencia dando un plazo de 2 días a la entidad para que reponga en su puesto de trabajo a Zaida Ofelia Cabrera Naquira. Este es el segundo caso en obtener una sentencia favorable e inapelable de reincorporación a su puesto laboral.
De acuerdo a la sentencia del Tribunal Constitucional difundida la noche del jueves, la Entidad Prestadora de Servicios (EPS) Tacna deberá reponer en su mismo puesto de trabajo o en otro de igual o similar nivel, a la ciudadana Zaida Ofelia Cabrera Naquira quien laborada como asistente administrativo de obras cuando fue despedida arbitrariamente en el año 2011.
Tras analizar la documentación presentada por la demandante, el TC le dio la razón al haberse acreditado la vulneración del derecho al trabajo y por lo tanto dio un plazo de 2 días a la EPS, para que la reincorpore en el cargo que ejercía.
Además deberá asumir los costos procesales, los mismo que deben ser liquidados en la etapa de la ejecución de la setencia.
DEMANDA
El pasado 8 de marzo Zaida Ofelia Cabrera Naquira interpuso una demanda de amparo contra la EPS solicitando su reincorporación en el cargo de Asistente Administrativo de obras que venía desempeñando, en un inicio mediante contratos de trabajo por servicio específico, y desde octubre del 2010 a través de contratos de trabajo a plazo indeterminado luego de ganar el concurso interno de méritos.
Concurso que la EPS intentó declarar nulo para justificar el despido de la trabajadora aunque nunca siguió el procedimiento administrativo general -para que sea anulado de oficio- por lo que se mantiene vigente.
De tal manera que el despido no tiene justificación alguna, comprobándose que la entidad vulneró el derecho constitucional de trabajo de Cabrera Naquira.