El asesor legal de la comuna albarracina indicó que la propuesta presentada por el regidor William Velásquez, para efectuar una consulta popular en el distrito, no cumple con los requisitos estipulados en la ley orgánica de municipalidades por lo que fue rechazada.
Julio Palomino, gerente de asesoría legal de la municipalidad Gregorio Albarracín explicó que la propuesta presentada por el concejal para realziar una consulta popular sobre Pucamarca, no se tomó en cuenta que de acuerdo al artículo 115 de la ley orgánica de municipalidades establece que las comunas solo pueden realizar cabildos, juntas vecinales, comité de autogestión y referéndum.
Hecho que fue concluyente para que la gerencia que preside emitiera el informe legal declarándola improcedente.
“Esta mal planteado el pedido porque no tiene la base legal fundamental (…) y en cuanto al informe del área de presupuesto, se ha determinado que la municipalidad no tiene presupuesto para afrontar una consulta popular, toda vez que los presupuestos ya están en ejecución”, indicó.
Respecto al caso de Ciudad Nueva, donde la realización de la consulta popular fue aprobada por el pleno del concejo, señaló que se basaron en el artículo 176 de la Constitución Política que dispone que la finalidad del Sistema Electoral «es asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos además de organizar y ejecutar los procesos electorales.
“El tema acá es que se está invadiendo funciones del Jurado Nacional de Elecciones porque todo proceso de consulta -en el caso de la competencia de las municipalidades- es un referéndum”, señaló Palomino para aclarar que en el cono norte tampoco podría efectuarse una consulta popular por lo que de concretarse «no va a tener ningún a incidencia jurídica porque no cumple con los requisitos de ley», agregó.
El asesor legal añadió que de querer preguntarle a la población albarracina cuál es su opinión sobre Pucamarca, el regidor Velásquez podría formular un nuevo proyecto de ordenanza que presentó, proponiendo esta vez se realice un referéndum. Aunque para ello también deberá anexar la petición del 20% de los vecinos del sector como lo dispone la ley.