Luis Encinas Guerra jurista del Ministerio del Interior señaló que solo las regiones de Loreto, Ayacucho y Madre de Dios cuentan con dicho plan aprobado. Además señalo que en Tacna solo se han investigado 6 casos de trata de personas durante el 2013. »No refleja la real situación de la región», comentó.
El funcionario en conversación con RADIO UNO informó que desde el 2011 el gobierno ha realizado 18 mesas regionales dedicadas a intervenir esta problemática de las cuales solo tres regiones han aprobado un plan de lucha contra la trata de personas, siendo esta Loreto y las últimas Ayacucho y Madre de Dios.
‘‘En el caso de Madre de Dios hay casos muy serios que ha generado que las instituciones hayan impulsado estos planes regionales. Loreto demoró cerca de dos años, lo que no ocurrió con Ayacucho, el sistema regional se instalo al medio año de propuesto y ahora buscan expandir una red sectorial con las regiones que limitan’’, señaló.
Asimismo, Luis Encinas jurista del Ministerio del Interior informó que tras una reunión con personal policial de la DIVINCRI en Tacna pudo conocer que en la región se han investigado durante el 2013 de 5 a 6 casos de trata de personas y en lo que va desde el 2009 hasta la fecha suman un total de 20 casos.
‘‘En realidad no refleja lo que esta ocurriendo en Tacna que al igual que en todos los países, son las zonas o pasos fronterizos donde hay más tránsito de las potenciales víctimas y sabemos que hay casos muy puntuales de tratas de personas en esta región’’, indicó.
De acuerdo a la información que el especialista dio a conocer. La estadística en Perú que mantenía en el primer lugar a la explotación sexual ahora mantiene en el mismo puesto a la trata laboral (trabajos forzados y servidumbre), seguido a ello está la venta de menores de edad que está ligado con la desaparición de personas. De igual manera dio a conocer que Junín lidera esta lista seguida de Iquitos, Madre de Dios, Ayacucho y Lima.
DATO. En la ley 28950 se ha incluido como un tipo de trata de personas la venta de niños y la mendicidad. Referida ley solo consideraba como trata de personas: explotación sexual, trabajos forzados, servidumbre, esclavitud, tráfico de órganos y tejidos humanos.