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Crean Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina -Locumba

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El Poder Ejecutivo dispuso la creación del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba, como órgano de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua.

Presidente regional presidirá la institución.

El Ministerio de Agricultura y Riego mediante Decreto Supremo N° 019 – 2013 – MINAGRI, publicado en el Diario Oficial el Peruano, creó el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba,  órgano de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua, con el objeto de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, mediante la elaboración e implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en Cuencas de su ámbito.

El decreto supremo también menciona que el ámbito del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba, está conformado por las Unidades Hidrográficas señaladas en el mapa que forma parte del presente Decreto Supremo como: Cuenca Caño, Uchusuma, Lluta, La Concordia, Hospicio, Caplina, Sama, Alto Locumba, etc.

De igual manera la Composición del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba, tendrá la composición siguiente: un representante del Gobierno Regional de Tacna, quien presidirá el Consejo permanentemente, un representante del Gobierno Regional de Moquegua, el Director de la Autoridad Administrativa del Agua I Caplina – Ocoña, en representación de la Autoridad Nacional del Agua.

Aí mismo un representante de los gobiernos locales designado por acuerdo de los alcaldes de las municipalidades provinciales y distritales del departamento de Tacna, representante de los usuarios agrarios comprendidos en el ámbito del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba, el cual será designado entre los Presidentes de las Juntas de Usuarios del departamento de Tacna, representante de los Colegios Profesionales, de las Universidades, de las Comunidades Campesinas, un representante del Proyecto Especial Tacna y un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.

En cuanto a su reglamentación interna, el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba, presentará para su aprobación, a la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua, en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario computado desde la fecha de su instalación, el proyecto de Reglamento Interno que contendrá la forma y plazos de convocatorias, quórum, acuerdos, mecanismos de participación de los actores para la toma de decisiones, y demás disposiciones necesarias para su funcionamiento.