La Entidad Prestadora de Servicios (EPS) tiene un plazo de 2 días para reponer a los 7 trabajadores que fueran despedidos de manera intransigente junto a otros.
Demandantes alegaron que fueron despedidos incausadamente. (Foto: Archivo RADIO UNO)
Una demanda de amparo contra la Entidad Prestadora de Servicios (EPS) fue presentada el 9 de marzo del 2011 por, César Huanacuni Lupaca, Brian Bartholomew Cristóbal Flores, Exequiel Antonio Wilfredo Espinoza Torres, Inés Lourdes Puma Mamani, Florentina Paredes Chura, Fresia Elena Patricia Rodríguez Maureyra y Carlos Enrique Mamani Choque, quienes fueron despedidos de manera incausada por la entidad demanda.
Los 7 trabajadores alegaron que la EPS vulneró sus derechos laborales pues venían ocupando cargos que se encontraban considerados en el Cuadro de Asignación de Personal de la EPS y mantenían en un contrato de trabajo a plazo indeterminado.
El Tribunal Constitucional dio la razón a los demandantes. Y es que declaró FUNDADA la demanda por haberse acreditado la vulneración de los derechos al trabajo de los 7 trabajadores; en consecuencia NULO el despido incausado del cual han sido víctimas los recurrentes.
Asimismo ORDENÓ a la EPS reponer a los agraviados, como trabajadores a plazo indeterminado en su mismo puesto u otro de igual o similar nivel en el plazo de 2 días bajo apercibimiento de que el juez aplique las medidas coercitivas correspondientes.