Decreto Supremo N° 009-2014-TR, publicado en el Diario Oficial El Peruano, detalla que, en el caso de los miembros de mesa, el día no laborable es el 6 de octubre de 2014.
Decreto fue emitido este jueves.
Los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa en las elecciones regionales y municipales del próximo 5 de octubre gozarán de un día de descanso.
En tanto aquellos que sufraguen en zonas geográficas distintas a su lugar de trabajo disfrutarán de cuatro días no laborables, siempre y cuando acrediten haber ejercido su derecho al voto.
Así lo establece el Decreto Supremo N° 009-2014-TR, publicado ese jueves en el Diario Oficial El Peruano, el cual detalla que, en el caso de los miembros de mesa, el día no laborable es el 6 de octubre de 2014.
Para el caso de aquellas personas que, por encontrarse registrados en circunscripciones electorales diferentes a su lugar de residencia, requieran viajar, la norma establece que no laborarán los días viernes 3, sábado 4, domingo 5 y lunes 6 de octubre del presente año.
El dispositivo detalla, asimismo, que en ambos casos se trata de días no laborables de naturaleza compensable y que la forma en que se hará efectiva dicha compensación se decidirá mediante acuerdo entre el trabajador y el empleador. A falta de acuerdo decidirá este último.
Además, el decreto establece que las personas cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de votación tendrán derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho a voto, en tanto que si son miembros de mesa están facultados para no asistir a su centro de labores.
En los considerandos se explica que la norma se emite teniendo en consideración la labor que realizan los miembros de mesa en un día dedicado al descanso, así como para dar facilidades de desplazamiento a los trabajadores a fin de que ejerzan su derecho al sufragio.
(Andina)