Interpuso recurso de agravio y le fue declarado improcedente.
(Foto: Radio Uno)
En principio la Empresa Prestadora de Servicios (EPS) interpuso una demanda de amparo contra Minsur a fin de que suspenda la ejecución de las obras y actividades en relación con el proyecto minero Pucamarca alegando que la incursión minera en dicho lugar podría comprometer la calidad del agua por la potencial contaminación que generan los materiales y sustancias peligrosas.
La citada demanda fue declarada infundada por el Primer Juzgado Civil de Tacna por estimar que el informe presentado por el demandante (EPS) no supone una real e inminente amenaza
En segunda instancia la sala Revisora revocó la apelación y declaró improcedente la demanda por estimar que el amparo no resulta ser la vía idónea
Tras los litigios el Tribunal Constitucional determinó que la EPS no se encuentra facultada a fiscalizar el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de Minsur que fuera en su momento aprobado por las entidades competentes del Ministerio de Energía y Minas.
En consecuencia la demanda resulta ser improcedente.