La sentencia por la matanza de un profesor y de nueve estudiantes de la Universidad La Cantuta, en 1992, contiene párrafos en los que se sostiene que el ex presidente Alberto Fujimori aplicó, en esa primera etapa de su gobierno, una política de terror y de aniquilamientos, para la cual utilizó al destacamento Colina como su brazo ejecutor.
Este fallo de la Primera Sala Superior Anticorrupción fue emitido en la noche del martes y difundido, de manera genérica el dia miercoles, los párrafos donde se compromete directamente al ex jefe de Estado, procesado por violación de los derechos humanos en la Corte Suprema son los siguientes
POLÍTICA DE ESTADO. En la resolución se indica que el destacamento de aniquilamiento Colina respondió a un plan sobre la base de una política que involucró recursos públicos, lo que implicó -según señala- una decisión de Estado que se logró implementar de manera organizada.
Asimismo, establece que a esta política -llevada adelante desde 1991 por el entonces gobernante Alberto Fujimori- se le conoce, en la doctrina jurídica, como "política de terror, de persecución y de represión".
En la sentencia, el tribunal hace suyo lo afirmado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): "El grupo Colina cumplía una política de Estado consistente en la identificación, control y eliminación de personas -que se sospechaba pertenecían a grupos insurgentes o eran contrarias al régimen de Fujimori- mediante ejecuciones extrajudiciales, aniquilamientos, asesinatos selectivos, desapariciones forzadas y torturas".
UN CANAL LEGAL Y OTRO ILEGAL. Sostiene que los asesinatos no constituían, de modo alguno, hechos aislados o esporádicos, que más bien se realizaban de forma sistemática y generalizada por agentes estatales.
El propio ex comandante general del Ejército Nicolás Hermoza Ríos y el ex asesor del entonces Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) Vladimiro Montesinos Torres han señalado que el mandatario Alberto Fujimori tenía dos sistemas de Inteligencia: uno subordinado al despacho presidencial, sin línea de dependencia con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ni con el Ministerio de Defensa, y otro formal y oficial.
Esto significa que había una línea de Inteligencia legal y otra absolutamente ilegal, que eran utilizadas por el entonces presidente de la República.
HERMOZA LO ADMITE. Esta resolución hace mención a la declaración de Hermoza ante los juzgados anticorrupción, la cual dice: "Sobre La Cantuta tomé conocimiento a través de Montesinos, quien me comunicó telefónicamente los hechos, y que el presidente de la República iba a estudiar con él una salida política a este asunto. Me indicó que el operativo lo había realizado gente del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE)".
"Del análisis de los hechos y de la prueba actuada resulta evidente la existencia de un aparato de poder organizado, con distribución de roles de acuerdo con una estructura jerárquica, con niveles de mando y de ejecución, en el que Colina, compuesto por miembros del Ejército, aparece en el nivel de ejecutores directos", precisa el fallo, que condenó al ex jefe del SIN Julio Salazar a 35 años de prisión, y a tres ex agentes, a 15 años de cárcel.
Para el tribunal, no queda duda de que Salazar tuvo el dominio y control de la organización y de los riesgos del resultado que esta emprendía, y "son estos datos objetivos los que permiten concluir que él conocía el plan operativo de La Cantuta y de su ejecución".
Como se puede distinguir, el nivel de responsabilidad de Fujimori y de Salazar, del cual se deja constancia en esta sentencia, es sumamente elevado y pondría en jaque al ex presidente durante su juicio. Su defensa ya lo deja notar, de esa manera, al quejarse insistentemente sobre dicha resolución.
DISPOSICIONES. Debido a que fue una política de Estado la que originó la matanza de La Cantuta, la Sala Superior dispuso que, ahora, el Estado -representado por el gobierno de Alan García- publique, en el plazo de seis meses, en el diario oficial y en otro privado, los extractos del fallo que den cuenta de la matanza, las investigaciones y la resolución judicial con las condenas.
También señala que debe proceder de inmediato a la búsqueda y localización de los restos de las víctimas de La Cantuta que no han sido hallados. Asimismo, ordena al Estado que realice, en el plazo de seis meses, un acto público de reconocimiento de responsabilidad sobre estos hechos de horror.