El Presidente de la Célula Parlamentaria Aprista (CPA), Luis Negreiros Criado, alertó a las autoridades sobre la existencia de intereses que pretenderían incursionar personal extranjero a la aeronáutica peruana mediante la publicación del Decreto Legislativo N° 999, con fecha 19 de abril, que modifica la Ley de Aeronáutica Civil del Perú (Ley N° 27261), permitiendo la sustitución del personal local por tiempo indefinido.
"Entre las modificaciones realizadas por el referido Decreto Legislativo se encuentra el artículo 75° de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, donde se establece que el personal que desempeña funciones aeronáuticas a bordo debe ser peruano o extranjero residente con licencia peruana, y más adelante señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá autorizar personal extranjero sin licencia peruana por un lapso de seis meses contados desde la fecha de la autorización, prorrogables por inexistencia comprobada de ese personal capacitado", informó Negreiros Criado.
"Al observar el texto, llama la atención que la segunda frase no haya sido resaltada debidamente a diferencia de la primera, lo que demostraría una clara intencionalidad de que pese a no contar con licencia peruana y al no señalarse plazo alguno, podrá prorrogarse indefinidamente la autorización al personal extranjero, presumiéndose que no existe ni existirá 'personal calificado' peruano", comentó el representante de la CPA, al mismo tiempo de descartar cualquier tipo de xenofobia. "Debemos actuar con sentido más claro de país para capacitar y dar oportunidades a los connacionales".
El también miembro de la Comisión de Trabajo dijo que con este Decreto Legislativo se evidencia la falta de interés en promover la capacitación del personal aeronáutico nacional e incentivar el desarrollo de una aviación civil segura, establecidos en los incisos c) y a) del artículo 4° de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú. "Estos objetivos se verían entorpecidos o desconocidos y lejanos de alcanzar con normas como este Decreto Legislativo como si los peruanos no tuvieran capacidad y nos sobrarán los puestos de trabajo", cuestionó Negreiros Criado, tras solicitar la pronta respuesta del Ministerio de Transporte y Comunicaciones en torno a esta denuncia.
"La modificación realizada por este Decreto Legislativo no forman parte de las facultades legislativas delegadas al Ejecutivo, establecidas en el artículo 2° de la Ley 29157 (Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre diversas materias relacionadas con la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estados Unidos, y con el apoyo a la competitividad económica para su aprovechamiento), y tampoco están enmarcadas en el artículo 104° de la Constitución, que claramente establece la delegación sobre materia específica", increpó Luis Negreiros, quien informó que ha solicitado a la Comisión de Constitución el control de la legislación delegada.
Finalmente, el legislador aprista se refirió a la contradicción existente entre el Decreto Legislativo y el inciso f) del artículo 2° de la Ley 29157, porque mientras el primero ordena la sustitución del personal local por el foráneo mediante la autorización indefinida, el segundo promueve el empleo nacional. "No hay armonía legislativa ni respeto al ordenamiento jurídico de la Nación", acotó Negreiros.