La norma lleva la rúbrica del presidente del Congreso , el presidente de la República y Primer Ministro.
Foto: Referencial
Hoy el Ejecutivo oficializó la nueva Ley, ya aprobada por el Congreso de la República, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los miembros del grupo familiar.
La norma lleva la firma del presidente del Congreso, Luis Iberico, la primera vicepresidenta del Congreso, Natalie Condori, el jefe de Estado, Ollanta Humala y del jefe de Gabinete ministerial, Pedro Cateriano Bellido.
La normativa, publicada hoy en El Peruano, tiene como finalidad informar, castigar y eliminar toda forma de violencia producida ya sea en el ámbito público o privado contra las mujeres solo por su condición. Asimismo también vela por la seguridad de los otros integrantes de la familia:
La presente Ley tiene alcance en el ámbito público o privado, a favor de las mujeres que sean victimadas por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar.
“En especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad”, precisa la norma.
Los tipos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, tipificados en la norma son, la violencia física, la violencia psicológica, la violencia sexual y la violencia económica o patrimonial.
Cabe resaltar que los delitos tipificados de esta naturaleza son: violencia física, violencia psicológica, violencia sexual y violencia económica o patrimonial.
La violencia económica es la acción u omisión que ocasiona un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de cualquier persona por medio de la perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes.
De igual manera, entra dentro de este delito la pérdida, sustracción, destrucción, retención o apropiación indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos, personales, valores y derechos patrimoniales.
Asimismo la limitación de recursos económicos para satisfacer necesidades o la privación de los medios indispensables para vivir una vida digna, la evasión de las obligaciones alimentarias, la limitación o control de ingresos y la percepción de un salario menor por igual tarea.